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Viva-Volaris: en EU aún no se logra autorización

Faltan las aprobaciones del DOJ y el DOT; analistas financieros apuntan que lo más importante es lo que diga la CNA

Pablo Chávez Meza by Pablo Chávez Meza
8 septiembre, 2026
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La propuesta de integración entre Volaris y Viva Aerobus avanzó en el proceso regulatorio de Estados Unidos, luego de que las autoridades antimonopolio concedieran la terminación anticipada del periodo de espera previsto por la Ley Hart-Scott-Rodino (HSR), aunque esta decisión no representa la aprobación de la operación ni cierra definitivamente su revisión en ese país. Por ahora, la atención está puesta en la resolución que emita la Comisión Nacional Antimonopolio en México.

La Federal Trade Commission (FTC) registra dos operaciones relacionadas con la transacción. La número 20260787 identifica a Controladora Vuela Compañía de Aviación como adquirente, y Autobuses de la Piedad y Grupo Viva Aerobus como entidades adquiridas. La 20260788 corresponde a Controladora Vuela e Inversionistas en Transportes Grupo Toluca, nuevamente con Viva como entidad adquirida.

La fecha de otorgamiento de la terminación anticipada fue el 31 de agosto de 2026, de acuerdo con los registros de la FTC. Se trata de números de transacción HSR y no de expedientes administrativos en el sentido tradicional.

La precisión es relevante porque el procedimiento estadounidense de revisión previa de concentraciones funciona de manera diferente a un sistema en el que la autoridad debe expedir formalmente una autorización.

¿Qué significa la terminación HSR?

La Hart-Scott-Rodino Act obliga a determinadas empresas que pretenden realizar fusiones o adquisiciones por encima de ciertos umbrales, a presentar una notificación previa ante la FTC y la Antitrust Division del Department of Justice y esperar antes de cerrar la operación.

En el caso de Volaris y Viva, esta obligación se activa por las características y dimensiones de la transacción, no porque Volaris tenga valores registrados o cotizados en Estados Unidos. Los asuntos relativos a su condición de emisora corresponden a la Securities and Exchange Commission (SEC).

Al concederse una early termination (terminación anticipada), las autoridades eliminan anticipadamente el periodo de espera correspondiente. En términos prácticos, las partes dejan de estar impedidas por la HSR para cerrar la transacción por ese motivo específico.

Eso constituye un avance regulatorio favorable, pero no equivale a que la FTC haya emitido una opinión certificando que la operación no presenta problemas de competencia. El documento del especialista consultado para este análisis subraya precisamente esta diferencia y advierte que la terminación HSR tampoco impide que posteriormente el Departamento de Justicia pueda intentar impugnar la concentración bajo la Sección 7 de la Clayton Act.

Esto es particularmente relevante en aviación. La revisión sustantiva de importantes operaciones aéreas estadounidenses ha correspondido tradicionalmente al Departament of Justice (DOJ), que en años recientes encabezó la demanda que bloqueó la adquisición de Spirit Airlines por JetBlue y anteriormente consiguió deshacer la Northeast Alliance entre American Airlines y JetBlue.

Por ello, el hecho de que el proceso HSR haya concluido anticipadamente no debe interpretarse como inmunidad futura frente a la legislación antimonopolio.

El DOT representa un segundo frente

Existe además un componente estadounidense diferente de la política antitrust: las facultades del Department of Transportation (DOT) sobre el acceso de las aerolíneas extranjeras al mercado estadounidense.

Y este frente continúa abierto. En julio de 2025, el DOT emitió la Orden 2025-7-11, mediante la cual impuso requisitos de presentación de itinerarios bajo la Parte 213 a las aerolíneas mexicanas que operan servicios regulares hacia Estados Unidos. Entre las empresas expresamente incluidas están Aeroenlaces Nacionales, que opera como Viva Aerobus, y Concesionaria Vuela Compañía de Aviación, operadora de Volaris.

El gobierno estadounidense justificó esa medida argumentando que determinadas decisiones del gobierno mexicano habían afectado los derechos de las aerolíneas estadounidenses establecidos en el Acuerdo de Transporte Aéreo México-Estados Unidos de 2015.

La situación se endureció en octubre.

Para el mes de octubre de 2025, el DOT emitió la Orden 2025-10-13, que canceló o desaprobó trece servicios existentes o previstos de aerolíneas mexicanas hacia Estados Unidos y congeló nueva expansión de servicios combinados desde el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.

Entre las operaciones afectadas se encontraban servicios de Volaris y varias rutas propuestas por Viva Aerobus desde el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles hacia ciudades estadounidenses. El DOT también adoptó la Orden 2025-10-14, relacionada con restricciones y condiciones sobre transporte de carga en vuelos de pasajeros de compañías mexicanas.

Esto significa que los dos procesos deben analizarse separadamente. La FTC y el DOJ aplican la legislación federal de competencia. El DOT, en cambio, administra derechos y permisos de operación aérea internacional y puede intervenir en aspectos relacionados con rutas, frecuencias y condiciones de acceso al mercado estadounidense. Consecuentemente, concluir el procedimiento HSR no elimina las restricciones aeronáuticas vigentes.

 

Todavía faltan autorizaciones

La alianza Volaris-Viva fue anunciada el 18 de diciembre de 2025. Conforme a la documentación presentada por Volaris ante la SEC (Securities and Exchange Commission), Viva se fusionaría con Volaris y esta última permanecería como sociedad sobreviviente del grupo combinado.

Las condiciones regulatorias señaladas para concretar la operación incluyen, entre otras, la aprobación de la Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) en México, la autoridad aeronáutica colombiana Aerocivil, el cumplimiento del procedimiento HSR estadounidense, la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras y la actualización correspondiente ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. El especialista enfatiza que éstas son condiciones específicas y no una referencia genérica a “todas las jurisdicciones donde operan”.

El principal examen competitivo permanece, por tanto, en México, que es donde la Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) deberá determinar el efecto que tendría concentrar bajo un mismo grupo a dos importantes competidores de bajo y ultra bajo costo, considerando participación de mercado, coincidencia de rutas, barreras de entrada, capacidad aeroportuaria y efectos potenciales sobre tarifas y consumidores.

En este contexto, la decisión HSR estadounidense podría significar un avance concreto para Volaris y Viva, pero su alcance debe entenderse con precisión. El periodo de espera terminó. La operación no ha recibido una aprobación antimonopolio general de Estados Unidos, el DOJ conserva facultades bajo la Clayton Act y el DOT mantiene restricciones que afectan la expansión de las aerolíneas mexicanas en ese país.

Es decir, el capítulo HSR avanzó; el expediente regulatorio completo todavía está abierto.

Analistas financieros esperan decisión de la CNA

Ante esto, Alik García Álvarez, subdirector de Análisis Bursátil de Valmex Casa de Bolsa explicó a A21 que el 31 de agosto pasado, la FTC otorgó la fecha de terminación anticipada del periodo de espera, la cual se publicó el día 1 de septiembre.

Dejó en claro que para la fusión de estas dos aerolíneas mexicanas se requieren aprobaciones de competencia, que incluyen el vencimiento o terminación anticipada del periodo de espera de la HRS de Estados Unidos, así como la autorización de la CNA y del visto bueno de la autorización de Aéreo Civil en Colombia.

Puntualizó que en los 3 países, México, Estados Unidos y Colombia, requieren autorizaciones y hasta el momento, consideró, el país vecino del norte y la autoridad colombiana ya dieron su visto bueno, por lo que queda pendiente la autorización de la autoridad nacional, que es realmente la más importante.

García comentó que se espera que la fusión de ambas aerolíneas se concrete hacia finales de este año, pero, aclaró que en México sí se podrían ver algunas condiciones por parte de la CNA, en particular en algunas rutas, “pero vamos a ver finalmente lo que decide la autoridad mexicana”.

Por su parte, Brian Rodríguez Ontiveros, analista Senior de Grupo Financiero Monex, dijo que el anuncio de la FTC fue una “autorización anticipada, donde entendemos que Estados Unidos está dando su parte positiva para que la fusión siga”.

Esta noticia, dijo, fue recibida por el mercado en un aspecto positivo, aunque, aclaró, la noticia má importante es cuando la CNA dé su visto bueno, debido a que será aquí donde este Grupo Más Vuelos tendrá más presencia, lo que podría ser un catalizador importante en el precio de la acción.

“Hoy el precio de la acción -de Volaris- cerró positivo, 1.3%  arriba, pero recordando que viene de un momento en el que el precio de la acción se ha ajustado de manera significativa, prácticamente desde comienzos del año, en el primer trimestre que alcanzaba cerca de los 18.5 pesos de máximo hasta los mínimos en el rango de los 11 pesos; si lo vemos es un diferencial muy significativo, un 60%, es una caída bastante pronunciada, pero porque los retos principales vienen por la apreciación  de los precios de los combustibles”, dijo.

En espera de otras autorizaciones

En tanto, García Álvarez, comentó que además de la autorización de la CNA, también se deben dar otras autorizaciones de la Comisión Nacional de Inversión Extranjera.

Recordó que la semana pasada Volaris tuvo una asamblea extraordinaria de accionistas para la reorganización del consejo de directivo, donde se requiere la aprobación de la Comisión Nacional de Inversión Extranjera, consistente en la autorización para la aprobación de las modificaciones de Volaris en sus estatutos sociales. Pese a ello, confió en se van a empalmar los tiempos en estas  autorizaciones, tanto la de la CNA como la de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjera.

 

 

Tags: Viva AerobusVolaris

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