
La figura de “sociedad controladora” que Viva Aerobus y Volaris tiene intención de formar representa una concentración ilegal y contraria a la Ley de Aviación Civil; aseveró Pablo CasasLías, director del Instituto Nacional de Investigaciones Jurídico-Aeronáuticos (INIJA), quien instó a autoridades aeronáuticas y financieras a emitir postura formal y a aplicar medidas correctivas.El abogado y especialista en derecho aeronáutico afirmó que esta intención de constituir una sociedad controladora representa una figura ilegal bajo el marco normativo mexicano vigente, al implicar una fusión operativa encubierta que contradice lo estipulado en las concesiones otorgadas a cada aerolínea por el Estado mexicano.
Según lo informado por ambas compañías, cada una mantendría sus operaciones de forma independiente y bajo sus respectivas marcas, pero coordinarían su gestión corporativa a través de una nueva entidad conjunta, la cual sería presidida por Roberto Alcántara Rojas, actual presidente del consejo de Viva.
No obstante, CasasLías advierte que esta estructura implica una absorción técnica de Viva por parte de Volaris, dado que los accionistas de Viva recibirán títulos de nueva emisión de la controladora de Volaris.
“Decir que mantendrán sus certificados independientes es una falacia jurídica. En términos legales, al establecer una sociedad controladora con participación accionaria cruzada y capacidad de decisión estratégica, existe una transferencia de control, lo cual requiere autorización previa con 90 días de antelación, de lo contrario, el movimiento es nulo”, sostuvo CasasLías.
Riesgos para la competencia y concentración de mercado
CasasLías subrayó que esta concentración entre dos de las principales aerolíneas de bajo costo del país alteraría el balance competitivo del mercado, en particular en rutas clave y aeropuertos estratégicos como el AICM, Cancún, Guadalajara y el AIFA, donde ambas ya tienen una fuerte presencia operativa.
En 2025, según reportes entregados a la Bolsa Mexicana de Valores, Volaris transportó 30.4 millones de pasajeros y Viva 29.9 millones, sumando más de 60 millones de pasajeros, superando ampliamente a Aeroméxico, que movilizó 24.5 millones.
La aerolínea estatal Mexicana apenas reportó 434 mil pasajeros, por lo que la creación de este nuevo grupo implicaría su marginación definitiva del mercado.
Además, el impacto se extendería a la distribución de slots en el AICM, donde ambas aerolíneas concentran buena parte de las asignaciones. “La creación de este grupo incrementaría su poder de mercado conjunto, dándoles capacidad para subir tarifas sin que la competencia pueda responder, lo cual contradice los principios de libre competencia”, alertó el jurista.
Añadió que para autorizar una estructura de este tipo se requiere la participación de múltiples organismos: la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC), la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Cofemer), la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), la Secretaría de Hacienda, el Banco de México y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con base en la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.
“La figura de sociedad controladora es propia del sector financiero, no del aeronáutico. Aplicarla en este contexto sin una reforma legislativa adecuada sienta un precedente peligroso y abre la puerta a una concentración que puede derivar en una revocación de concesiones”, aseveró el experto.
En caso de que se autorice la operación, CasasLías recomendó imponer medidas correctivas como la cesión de slots en el AICM y que una de las dos empresas renuncie a operar rutas donde exista coincidencia, para evitar el debilitamiento de la competencia y el alza de tarifas.
Finalmente, el abogado recordó que experiencias previas como el Acuerdo Conjunto de Cooperación entre Aeroméxico y Delta, que prometían tarifas más accesibles, nunca demostraron una reducción real de precios para los consumidores.
“La autoridad debe velar no por las narrativas corporativas, sino por el interés público, la competencia efectiva y la legalidad en la operación del transporte aéreo”, concluyó.







