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05/11/2024

Senado propone sanciones a usuarios negligentes de drones

Jorge Castellanos / Martes, 10 Abril 2018 - 09:24
Según la infracción, habrá multas de entre 16 mil y 403 mil pesos y suspensión de permiso de operación

Como parte de un dictamen de modificación a la Ley de Aviación Civil (LAC) y de Aeropuertos, el senado propuso imponer multas y sanciones a aquellos usuarios civiles de aeronaves no tripuladas (RPA por sus siglas en inglés, comúnmente conocidas como drones) que no cumplan con lo estipulado en las medidas y Normas Oficiales Mexicanas (NOM) aplicables a estos vehículos aéreos.

En el artículo 88 Bis 1 que sería añadido a la LAC, los senadores prevén sanciones económicas que varían entre las doscientas y las cinco mil unidades de medida y actualización (es decir, entre 16 mil y hasta 403 mil pesos), mientras que los propietarios podrán ser sujetos a la revocación del permiso de operación, según la gravedad de la infracción.

Asimismo, aquella persona a quien le haya sido revocada su licencia no podrá obtener otra en un plazo de cinco años, contando a partir de la fecha de la resolución por parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).

El dictamen ahora regresará a la Cámara de Diputados, donde la Comisión de Transportes la revisará y la remitirá al pleno para su aprobación y posterior publicación por el Ejecutivo.

Como lo ha reportado A21 desde hace un par de años, expertos en derecho aeronáutico han demandado este desarrollo legislativo, al considerar que las sanciones son la mejor manera de prevenir accidentes.

Lee: Faltan protocolos en México para operación segura de drones

Cabe señalar que, anterior a esta reforma, la operación de drones solamente estaba regulada por circulares obligatorias (actualmente en la revisión número 4). Existe también un proyecto de NOM (107) que aún no ha entrado en vigor; pero ninguna de estas normativas implica sanciones.

Lo bueno y lo malo

Sobre esta reforma, Rodrigo Soto-Morales, catedrático de la Universidad Panamericana (UP), calificó como “un paso adelante” las disposiciones relativas a la certificación para los productores de aeronaves y sus componentes.

Del mismo modo, destacó que se hayan hecho referencias directas a los códigos federales penal y civil, lo que da pie al desarrollo de criterios de responsabilidad –y de aplicación nacional– en cada materia.

En cambio, el experto en derecho de la UP se dijo decepcionado ante la ratificación de la SCT como la autoridad encargada de la investigación de accidentes (Art. 81), pues la dependencia “no puede ser juez y parte”, especialmente en casos donde hay controladores aéreos involucrados.

Lo que sigue: robots voladores autónomos

Finalmente, Soto-Morales anticipó que la discusión pendiente estará en términos de la regulación de los RPA que toman decisiones de forma autónoma, apoyados por la inteligencia artificial (IA).

“El robot por antonomasia ya no va a ser el que camina por tierra o el coche: el dron va a acoger la robótica y la IA mucho más rápido que cualquier otro artefacto”, aseguró.

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