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Home Opinión

¿De quién son los slots?

Rosario Avilés by Rosario Avilés
8 agosto, 2017
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¿De quién son los slots?

Desde hace tiempo que los constitucionalistas tendrían que haber emitido su opinión para dejar claro un asunto que ha derivado en peleas absurdas y desgastantes: ¿de quién son los slots? De la respuesta a este interrogante, emitido por un jurista cuya autoridad esté por encima de las ideologías y de los intereses de los diversos bandos, debería depender la certidumbre legal de la actividad aérea y con ello, el futuro del sector.

Un abogado con enorme prestigio en el tema aéreo, Pablo Casas, publicó recientemente un estudio donde desmenuza el tema y deja claro lo que para muchos es aún nebuloso: la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos establece muy claramente que el dominio del espacio aéreo y su gestión corresponde de forma directa, inalienable, inembargable e imprescriptible (ASÍ, CON TODAS ESTAS LETRAS) a la Nación mexicana y por lo tanto al gobierno mexicano.

Este párrafo está suscrito tal cual en el artículo 27 de la Constitución que aún nos rige, a pesar de que muchos funcionarios de comisiones como la Federal de Competencia Económica -Cofece- no quieran reconocerlo. Y es merced a este texto que nuestro país, la República Mexicana, continúa aún unida y a la que debemos el Estado y el gobierno que tenemos. 

Si acaso no quisiéramos continuar teniendo dicha Constitución o este gobierno, estas normas, estos principios, este cuerpo fundacional, la propia carta magna establece la posibilidad de cambiarlos, pero sólo mediante formas democráticas específicas y no por decretos de organismos derivados de esta misma norma suprema, como sería la Cofece, porque sus integrantes, por muy listos o letrados que se sientan, no representan ni con mucho, a la mayoría de los mexicanos.

Independientemente del criterio de competencia, que puede ser o no válido, lo cierto es que hay puntos nodales que la resolución sobre el uso de slots en el Aeropuerto de la Ciudad de México (AICM), emitida hace unas semanas por ese organismo está tergiversando o, al menos, soslayando. Ordenar que el 10 por ciento de los slots se subasten al mejor postor sólo porque a ese pequeño grupo le parece buena idea y después porque no se usen en más del 85 por ciento de las ocasiones de una temporada, está basado en criterios muy  discutibles. 

¿Por qué, de entrada, un 10 por ciento? ¿Por qué no 20, 50 o nada? La Cofece ni siquiera se molesta en explicarlo. Y luego decide que la puntualidad en el uso debe ser del 85 por ciento en cada temporada. ¿Alguno de sus miembros conoce -aunque sea de lejecitos, un aeropuerto? ¿Entienden la actividad aérea? ¿Se han molestado en acudir a conocer el Centro de Control México, a vivir una semana completa dentro del AICM para ver cómo funciona?

Subastar slots implica que estos “insumos esenciales” como les llama la Cofece, se conviertan en bienes de comercio, es decir, en bienes privados. Y la Constitución es clara y el artículo 16 de la Ley General de Bienes Nacionales también: “…las concesiones, permisos y autorizaciones sobre bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación, dentro de los que se encuentran el espacio aéreo situado sobre territorio nacional, no crean derechos reales de propiedad, sino que otorgan simplemente, el derecho a realizar los usos, aprovechamientos o explotaciones, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes”, y en su artículo 13, la misma ley es determinante: “no se pueden enajenar, adquirir su propiedad por el paso del tiempo, ni embargar”.

Es por eso que los servicios de aterrizaje y despegue (slots) no son objeto de apropiación, ni de comercio. En ese sentido, el Estado mantiene el derecho de disposición sobre el bien o la vía general de comunicación, mientras que el operador aéreo tiene el derecho temporal de uso y usufructo quedando reservado al Estado el derecho de propiedad.

Dicho de otro modo: las empresas privadas, las aerolíneas, ayudan subsidiariamente al Estado a gestionar esos slots pero no los poseen. Subastarlos al mejor postor provocaría que quienes tienen más dinero se queden con la mayoría y eso, con todo respeto, no es competencia sino distorsión del mercado.

Hasta el momento tanto el AICM como Aeroméxico y otras aerolíneas dicen que se van a amparar contra esta resolución de Cofece. Hace días la Asociación Sindical de Pilotos Aviadores dijo que haría lo propio. En realidad haría falta interponer una controversia constitucional. Sería interesante saber si la Suprema Corte de Justicia sigue creyendo en que la Constitución es la ley suprema que nos rige como Nación.

Y que de una vez por todas la Cofece deje de intervenir en un sector que nunca la ha necesitado para mantenerse en pie, que más bien ha sufrido de sus embates en momentos críticos y que derivado de sus resoluciones vio desaparecer a la aerolínea más antigua de este país. Con esos defensores para qué queremos enemigos.
 
Lo oí en 123.45: Además, se debe investigar y hacer justicia en el caso de Mexicana de Aviación: anular las irregularidades, castigar a los responsables y resarcirle a los trabajadores su patrimonio.

E-mail: raviles0829@gmail.com. Twitter:@charoaviles

Tags: AeroméxicoAICM; CofeceASPAslots

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