
El Departamento de Transporte de Estados Unidos (DOT) impuso multas a Air France por 105,000 dólares y a KLM Royal Dutch Airlines por 320,000 dólares, debido a que ambas aerolíneas operaron vuelos bajo el código identificador de Delta Air Lines en espacios aéreos restringidos por la Administración Federal de Aviación (FAA).
La FAA prohíbe las operaciones de aerolíneas estadounidenses en espacios aéreos administrados por otros países cuando los conflictos, las actividades de grupos armados o el aumento de las tensiones representan riesgos para la seguridad de la aviación civil. Las aerolíneas extranjeras que operan vuelos utilizando el código de una compañía estadounidense también deben cumplir estas restricciones.
“Bajo la administración Trump, si se opera un vuelo con un código estadounidense, cumplir nuestras normas de seguridad no es opcional”, declaró Sean P. Duffy, secretario de Transporte de Estados Unidos.
“No dudaremos en exigir responsabilidades a cualquier aerolínea que incumpla las regulaciones de la agencia. La seguridad de los pasajeros es lo primero, sin excepciones”, añadió.
Ambas aerolíneas recibieron órdenes de cesar las infracciones y abstenerse de cometer nuevas violaciones.
Las investigaciones realizadas por la Oficina de Protección al Consumidor de Aviación (OACP) del Departamento de Transporte revelaron lo siguiente: Air France operó más de 30 vuelos con el código de Delta Air Lines a través de espacio aéreo prohibido por la FAA dentro de la Región de Información de Vuelo (FIR) de Bagdad, entre abril de 2022 y noviembre de 2025.
Mientras que KLM operó más de 100 vuelos con el código de Delta Air Lines a través de espacio aéreo prohibido por la FAA dentro de la Región de Información de Vuelo de Bagdad, entre enero de 2022 y mayo de 2025.
Las resoluciones de consentimiento correspondientes a Air France y KLM están disponibles para consulta en el Departamento de Transporte de Estados Unidos.
Se explicó que el código compartido es un acuerdo comercial mediante el cual una aerolínea coloca su código identificador en un vuelo operado por otra compañía y comercializa boletos para dicho servicio.
El 16 de octubre de 2020, la FAA modificó y prorrogó la Regulación Federal Especial de Aviación 77 (SFAR 77), contenida en el título 14 del Código de Regulaciones Federales (14 CFR 91.1605).
Esta disposición prohíbe a todas las aerolíneas y operadores comerciales estadounidenses realizar operaciones de vuelo dentro de la Región de Información de Vuelo de Bagdad (ORBB FIR) a altitudes inferiores al nivel de vuelo 320 (FL320), equivalente aproximadamente a 32,000 pies.
La restricción fue prorrogada hasta el 26 de octubre de 2027.









