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05/11/2024

Eliminación de la sobreventa representaría sobrerregulación

Pablo Chávez Meza / Viernes, 19 Abril 2024 - 01:00
Afectaría las finanzas de las aerolíneas: abogado; es necesario un control, opina analista.

La práctica de sobreventa de boletos de avión está permitida en el país, así como en varias partes del mundo, pero existen iniciativas que buscan eliminarla debido a que esta estrategia ha sido excesiva por parte de las líneas aéreas, por lo que se debe buscar mayor control y no generar una sobrerregulación en el sector, coinciden analistas.

Entrevistado por A21, Andrés Remis, experto en Derecho Aeronáutico y Aeropuertos, asociado de Santamarina & Steta, expresó que la sobreventa de vuelos “está perfectamente regulada” pues está contemplada en el artículo 52 de la Ley de Aviación Civil (LAC)además de que el país está dentro del convenio para la Unificación de Ciertas Reglas para el Transporte Aéreo Internacional, el cual establece que existe la posibilidad de sobrevender vuelos, así como las características de reintegro y las indemnizaciones que se le van a tener que dar al pasajero.

El especialista explicó que el artículo 52 de la LAC señala que cuando la aerolínea haya expedido boletos en exceso a la capacidad disponible de la aeronave, ésta deberá, a elección del pasajero, reintegrar el precio del boleto en la proporción que corresponda a la parte no realizada del viaje, así como ofrecer un transporte sustituto en el primer vuelo disponible y proporcionarle, como mínimo y sin cobrarle, servicios de comunicación, además de alimentos y alojamiento en un hotel, en lo que espera el siguiente vuelo.

Como otra opción, está el ofrecer al pasajero un transporte en la fecha posterior, a su conveniencia, al mismo destino. El especialista reiteró que todas éstas alternativas, son a elección del pasajero en caso de sobreventa.

A finales del año pasado, la senadora de Movimiento Ciudadano (MC), Gloria Elizabeth Núñez Sánchez, presentó una iniciativa para reformar los artículos 52, 53 y 87 de la LAC, con el fin de prohibir la sobreventa de boletos de avión.

Además, en este proyecto que fue turnado a las comisiones unidas de Defensa de los Consumidores y Estudios Legislativos, la senadora propuso sancionar a las concesionarias, asignatarias, operadoras aéreas y permisionarios de servicio público de transporte aéreo, con una multa de mil a cinco mil Unidades de Medida y Actualización (UMA’s) por esta práctica.

Ante esto, el asociado de Santamarina & Steta dijo que se tiene que entender cómo funcionan las aerolíneas y la industria aérea y por qué existe la sobreventa de vuelos.

“La industria aérea es una industria secundaria, es decir atiende a industrias primarias como pueden ser, en México, el turismo y los negocios; la gente se sube a un avión porque tiene la necesidad de moverse de un punto A al punto B”, dijo.

 

Puntualizó que las aerolíneas operan con márgenes operacionales de ocupación, es decir que en todos los vuelos cuentan con un margen que va de entre 8% y 13% de exceso de ocupación en sus aeronaves, porque las aerolíneas saben que a lo mejor una persona no va a llegar a su vuelo.

Por lo que, añadió, a las aerolíneas se les permite sacar un margen de utilidad a esos boletos que posiblemente no van a llegar a utilizarse.

A título personal, Remis expresó que modificar o prohibir la sobreventa de vuelos traería un efecto negativo para las aerolíneas, debido a que se les reduciría de manera directa un margen operacional y de utilidad que probablemente se quede desocupado.

Recordó que de acuerdo con cifras de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), las afectaciones a los pasajeros por sobreventa de vuelos son menores a 0.01%, es decir “estamos hablando de afectaciones que difícilmente entran en la estadística de afectaciones de vuelos, esto no quiere decir que a los pasajeros les es incómoda esta práctica”.

Con buena intención, pero…

Por su parte y entrevistado por separado, Fernando Gómez Suárez, analista económico especialista en sector aéreo, comentó que si bien el planteamiento de prohibir la sobreventa de vuelos podría tener una buena intención, reiteró que esta medida está permitida tanto a nivel nacional como internacional.

Expresó que el problema ha sido el abuso de esa garantía, es decir se ha excedido la sobreventa misma más allá de un porcentaje permitido y obviamente las consecuencias son que, muchas veces hay incumplimiento en el servicio.

El también profesor invitado por la Universidad Panamericana en posgrado puntualizó que la sobreventa no es ilegal, lo que no debe ser es la sobreventa excesiva y el incumplimiento en el servicio.

Si bien reconoció que desde el Congreso se puede acotar y cancelar esta práctica, esto iría en detrimento del sector; además, dijo que, por falta de homologación con los reglamentos, tras las aprobaciones Fast Track -vía rápida- de las leyes de aviación aprobadas el año pasado, no hay sanciones en el país para el abuso de esta práctica.

Mencionó que, de acuerdo con la ley, las aerolíneas pueden sobrevender 10%, pero éstas lo hacen en 30% o 50%, ha habido casos que algunas sí llegan al doble, es decir al 20%, “no hay mucha claridad en ese sentido, eso debe estar reglamentado en la norma, debe venir por ahí, pero no está suficientemente detallado y máxime a través de los cambios que se hicieron en la iniciativa de ley. La Profeco debe intervenir, pero también debe haber un comité en el aeropuerto que genere una responsabilidad de la aerolínea”.

Mencionó que la Procuraduría (del Consumidor) “está chimuela” para defender al afectado, ya que es una instancia conciliadora y a mucha gente no le gusta quejarse, porque lo ve como una pérdida de tiempo.

Gómez Suárez reconoció que si bien la propuesta de la senadora se hizo ante la existencia de huecos legales, el poder Legislativo debería atender estos huecos, sobre todo porque hay una ley y un reglamento en aviación a los cuales les hace falta perfeccionarlos.

Sobrerregular no es buena idea

Para Carlos Torres, especialista en temas de aviación, querer prohibir la sobreventa de boletos de avión representaría una sobrerregulación.

Recordó que en el año 2017 se hicieron algunas modificaciones donde se establecieron ciertas obligaciones para las aerolíneas cuando los vuelos fueran sobrevendidos, como el indemnizar con el 25% del precio del valor del boleto, así como ofrecer alternativas a los usuarios para ocupar ese boleto en otro horario.

Estos cambios, dijo, formaron parte de lo que se llamó derechos del consumidor o derechos de los pasajeros, por lo que “llevarlo a otro extremo me parece definitivamente quitarle el margen de maniobra o flexibilidad que debe tener este tipo de práctica, que es muy común en la industria”.

Puntualizó que querer prohibir esta práctica será una sobrerregulación donde se trataría de regular la excepción y no la regla, sobre todo cuando ya existen lineamientos que se modificaron en su momento en la última reforma a la Ley de Pasajeros.

Además, dijo, que la Profeco puede actuar, pero le hace falta personal en todos los aeropuertos para atender los casos que se presentan.

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