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Home Opinión

Reglamentos, Taxis, Aeropuertos

Rosario Avilés by Rosario Avilés
1 octubre, 2024
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Reglamentos, Taxis, Aeropuertos

Uno de los problemas que hereda la nueva administración Sheinbaum es el diferendo entre los taxis autorizados para prestar el servicio en las inmediaciones de los aeropuertos y los que no están dentro del esquema oficial, es decir, los taxis de plataforma, o sea Uber y Didi. Cuando hablamos de inmediaciones, nos referimos a la zona federal donde están los polígonos de los aeropuertos, polígonos que tienen una legislación específica para que opere el transporte de pasajeros, llámese aéreo, terrestre foráneo o terrestre urbano y, donde así sea posible, ferroviario.

El asunto no es fácil. Por un lado, los entusiastas de las nuevas plataformas de transporte urbano, léase Uber y Didi, muestran las ventajas de tener este servicio al alcance de los pasajeros de transporte aéreo. Por la otra, los taxistas de los aeropuertos alegan que a ellos se les piden muchos requisitos que encarecen el servicio y constituyen barreras de entrada que los taxis de plataforma no cumplen, lo cual saca del mercado a los oficiales. Veamos:

Los taxis “oficiales” de los Aeropuertos y en el caso que vamos a comentar específicamente, los del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), tienen que cumplir una serie de requisitos para poder operar dentro del recinto. Las placas son especiales, ya que es un recinto federal, lo cual las encarece y además los conductores deben pasar un examen médico, deben certificarse cada equis tiempo, tener automóviles recientes y no austeros, sino con ciertas características de tamaño de cajuela, dispositivos electrónicos, etc., además de pasar revista cada semestre. 

Otro de los problemas es que salen del AICM hacia algún punto del Valle de México, que, es justo decirlo, tiene ya preaprobada una tarifa fija consensuada, porque el costo ampara la ida y el regreso ya que no pueden levantar pasaje en cualquier sitio, sino sólo en el aeropuerto. Es decir, el costo incluye ida y vuelta, aunque el pasajero sólo haga un viaje. 

Además, estos taxis tienen que pagar al aeropuerto una cuota mensual -en el AICM ronda los 3 mil pesos – por operar en el recinto y tener una licencia oficial específica, con lo cual el gobierno tiene todos sus datos y saben dónde localizar al conductor en caso de alguna queja o reclamación. En otras palabras, estos taxis autorizados están estrechamente vigilados, tienen criterios ecológicos, de seguridad y de calidad.

Los taxis de plataforma, en cambio, aunque tienen sus requisitos y es posible que en lo general sean más ágiles y baratos, no están obligados a cumplir todos esos requisitos y costos, por lo cual el piso no es parejo. En ocasiones, cuando hay mucha demanda, el precio de los taxis de plataforma puede ser superior a los oficiales, sin contar con que hay veces que no hay vehículos cercanos o cancelan a última hora.

Los taxis autorizados están sujetos a una ley vigente, la de Autotransporte Federal, y eso ha sido la causa de que las autoridades del AICM les hayan designado áreas específicas para el ascenso de pasaje, fuera del recinto federal.

Existe una iniciativa para emparejar el piso de ambas alternativas, pero es indispensable que ambos gremios se pongan de acuerdo para evitar la guerra de declaraciones y lograr un consenso. Ojalá sea pronto. E-mail: raviles0829@gmail.com

“Los  artículos firmados  son  responsabilidad  exclusiva  de  sus  autores  y  pueden  o  no reflejar  el  criterio  de  A21”

 

Tags: Aeropuertos Mexicanos

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