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30/04/2025

¿Lo sabe el señor Miguel Alemán?

“A veces no es cuestión de tener nuevas ideas sino dejar de tener ideas antiguas” - Edwin Herbert Land

Durante 45 años viví de mi trabajo en la industria aérea, 40 de ellos trabajando para una aerolínea nacional y no recuerdo uno solo de esos años en que mi generación no haya sido testigo de todo tipo de crisis que enfrentaron las empresas de aviación en México, lo que incluyó la quiebra de Aeronaves de México en 1988 y la de Compañía Mexicana de Aviación en 2010.

Santa Lucía y Seguridad Nacional: ¿es posible reclasificar “a posteriori” en los amparos?

 

El juicio de amparo es un medio de control constitucional. Se tramita, tal como lo señala el artículo 107, fracción primera de la Constitución, a instancia de la parte agraviada, teniendo tal carácter quien aduce ser titular de un derecho o de un interés legítimo individual o colectivo, siempre que alegue que el acto reclamado viola los derechos reconocidos por esta Constitución y con ello se afecte su esfera jurídica, ya sea de manera directa o en virtud de su especial situación frente al orden jurídico.  

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