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05/11/2024

Regresan normas de uso de slots a la Unión Europea

Redacción A21 / Lunes, 17 Octubre 2022 - 01:00
Aerolíneas deberán operar al menos el 80%; de no cumplir, perderían el slot

Las líneas aéreas de la UE tendrán que operar al menos el 80% de sus vuelos programados si quieren conservar sus derechos de aterrizaje y despegue

Las aerolíneas que operan en la Unión Europea (UE) tendrán que retomar el nivel de vuelos previo a la pandemia, ya que el Consejo Europeo ha decidido volver a endurecer los requisitos para mantener los slots en los aeropuertos.

La normativa obliga a las aerolíneas a operar al menos el 80% de sus franjas horarias asignadas; en caso de no cumplir, perderían el slot para la siguiente temporada. En la Unión Europea los slots son concedidos por Eurocontrol.

Con la crisis sanitaria y la consecuente paralización de los viajes, se decidió reducir los requisitos de utilización de slots, para evitar los vuelos fantasma (vacíos) evitando un gasto económico y un duro impacto medioambiental, además de provocar ineficiencias en los aeropuertos.

Eurocontrol indicó que con una recuperación en el número total de vuelos de hasta el 90% de los niveles de 2019 para finales de 2022, “la capacidad en asientos ofertados por las aerolíneas en Europa ha aumentado al 84% de los niveles previos a la pandemia, 2019, en el tercer trimestre de este año y se prevé que alcance el 87% en el cuarto trimestre”, dijo.

“Una tasa de uso general más baja evitaría que otras aerolíneas utilicen estas franjas horarias. Esto significa capacidad aeroportuaria desperdiciada, conectividad reducida, tarifas más altas para los consumidores y pérdida de ingresos aeroportuarios. Sería como otorgar un subsidio a algunas aerolíneas a expensas directas de los consumidores y el resto de la industria”, aseveró Olivier Jankovec, director general de ACI Europa.

Para el verano de 2021 y para el invierno 2021/22 la tasa de utilización mínima fue del 50%.

Para la temporada estival de 2022 (del 27 de marzo al 29 de octubre) aumentó al 64%.

El Reglamento que se propone ahora, restablece gradualmente el umbral inicial del 80%. Durante la temporada de invierno, que empieza este 30 de octubre y finaliza el 25 de marzo de 2023; establece una tasa de utilización del 75%. Ya en la temporada de verano, se aplicará la norma estándar del 80%.

En caso de necesidad urgente derivada de otra crisis epidemiológica o de la guerra, la Comisión estará facultada para modificar dicha norma.

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