
El tema de los arrendamientos de aeronaves para las líneas aéreas, ha sido un tema muy controversial desde principios del siglo XXI. En el siglo pasado la mayoría de las líneas aéreas tenían esquemas combinados de flota. La cuestión financiera indicaba que un porcentaje de la flota fuera adquirido en compra, y otro porcentaje de la flota fuera arrendado.
A medida que los financieros de las líneas aéreas se dieron cuenta de la enorme inversión, y el capital que implicaba la compra de aviones, cambiaron los criterios en forma radical, optando por una nueva estrategia: cambiar su esquema financiero de adquisición de las aeronaves POR ARRENDAMIENTO DE AERONAVES.
Simultáneamente, empezaron a surgir en muchos países empresas especializadas en el arrendamiento de aeronaves, logrando la participación de muchos bancos internacionales de prestigio para financiar a las empresas que hacen los arrendamientos para las líneas aéreas. La especialización dentro de esas empresas hizo que hubiera distintos programas de arrendamiento para esas aeronaves de acuerdo a las necesidades de la aerolínea operadora.
De esta manera se desarrollaron principalmente 2 tipos de arrendamiento:
ARRENDAMIENTO SECO (DRY LEASE)
En este tipo de arrendamiento, la línea aérea renta SOLAMENTE EL AVIÓN.
La línea aérea es responsable en su totalidad por toda la operación, provee sus propios PILOTOS, PERSONAL DE CABINA, MANTENIMIENTO Y SEGUROS.
Este esquema permite a las líneas aéreas un crecimiento más ordenado a largo plazo y facilita una consolidación de su plan de negocios.
Si comparamos en forma coloquial, es el equivalente a llegar como pasajero a cualquier aeropuerto y rentar un auto. En este caso, el que renta el auto es responsable del auto, del seguro, de la gasolina y de la distancia recorrida durante la renta de dicho vehículo.
ARRENDAMIENTO HÚMEDO O MOJADO (WET LEASE)
En este tipo de arrendamiento, la línea aérea renta no solo el avión mismo, sino que generalmente entra a un programa llamado ACMI (AIRCRAFT, CREW, MAINTENANCE, INSURANCE).
Mientras que en el arrendamiento seco se debe pensar en SOLO EN AVIÓN, en el arrendamiento húmedo se debe pensar en:
AVION+TRIPULACION+MANTENIMIENTO+SEGURO
Este tipo de arrendamiento, principalmente se usa por las aerolíneas para cubrir variaciones estacionales de demanda de pasajeros o carga, para sustitución de aviones en la flota: por ejemplo, cuando van a mantenimiento las aeronaves, o bien cuando los pilotos de la empresa van a sus entrenamientos periódicos, también cuando hay interrupciones del servicio normal por varias razones.
Este tipo de arrendamiento, volviendo al ejemplo coloquial anterior, de una renta de coche; en este caso es cuando el pasajero que renta, lo hace mediante el servicio de una limusina en lugar del auto que él maneja, en este caso ya están incluidos el chofer, mantenimiento, gasolina y seguro.
Las diferencias entre las empresas que hacen ARRENDAMIENTOS SECOS y las que hacen ARRENDAMIENTOS HÚMEDOS son las siguientes:
Las empresas que realizan ARRENDAMIENTOS SECOS se pueden definir como entidades financieras que están soportadas por grandes bancos y cuyo objetivo es comprar aviones y arrendarlos a las líneas aéreas, teniendo en cuenta la capacidad de los pilotos y tripulantes de la línea aérea operadora, también los mantenimientos y los seguros son responsabilidad total del arrendador, aunque se nombrara generalmente en las pólizas al arrendador, como beneficiario preferente.
Por otro lado, las empresas que realizan ARRENDAMIENTOS HÚMEDOS, se definen generalmente como en líneas aéreas especializadas en arrendamientos, ellos proveen al operador, tripulaciones, mantenimiento y seguros, además del avión o aviones por sí mismos
Adquieren sus propios aviones con financiamientos de grandes bancos. Tienen sus propios pilotos y tripulantes, se responsabilizan de los entrenamientos periódicos de los mismos. Realizan los mantenimientos correspondientes a las aeronaves de acuerdo a las directivas de los fabricantes. Compran todos los seguros que se requieren, así como los que requiere su arrendatario operador.
Pasando al tema de los seguros propiamente, ambos tipos de arrendamiento los requieren, en el ARRENDAMIENTO SECO, la línea aérea que usa este tipo de arrendamiento es responsable de la adquisición de los seguros, estos llevaran sin duda una cláusula de beneficiario preferente para el arrendador, quien busca salvaguardar la integridad de una reposición económica de las aeronaves en caso de un siniestro.
En el caso de los seguros en los ARRENDAMIENTOS HÚMEDOS, al ser una línea aérea especializada en estos tipos de arrendamiento, esta comprara los seguros correspondientes que requiera, no solo para la aeronave en si sino también las responsabilidades civiles correspondientes para pasajeros, carga, tripulación y daños a terceros, así como otros que requiera la operación.
En el caso de México, la legislación aeronáutica no permitía los ARRENDAMIENTOS HÚMEDOS, ya que esta señalaba que los pilotos de aeronaves con operación en México, tienen que ser mexicanos por nacimiento. En últimos tiempos ha habido discusiones controversiales con la autoridad para que estos arrendamientos se permitan, por necesidades particulares de algunos operadores, aunque haya pilotos de otras nacionalidades.
Los seguros que se requieren, tanto para ARRENDAMIENTOS SECOS, como para ARRENDAMIENTOS HÚMEDOS, son los que en cualquier caso deben tener las líneas aéreas en forma ordinaria;
CASCO, RESPONSABILIDAD CIVIL INCLUYENDO PASAJEROS, TRIPULACION, EQUIPAJE, CARGA Y DAÑOS A TERCEROS. ASI COMO SEGURO DE DEDUCIBLE SOBRE EL CASCO MAS LA COBERTURA DE GUERRA Y TERRORISMO, Y OTRAS QUE PUDIERAN SER ESPECIALES Y CONTRATADAS DE FORMA ADICIONAL TALES COMO GASTOS MEDICOS Y ACCIDENTES PERSONALES.
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