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Home Opinión

Incremento en los Límites de Responsabilidad del Transportista Aéreo: OACI Actualiza el Convenio de Montreal

Erándeni Calderón Martínez by Erándeni Calderón Martínez
28 octubre, 2024
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Incremento en los Límites de Responsabilidad del Transportista Aéreo: OACI Actualiza el Convenio de Montreal

La Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) anunció el pasado 18 de octubre de 2024, un importante ajuste en los límites de responsabilidad establecidos en el Convenio para la Unificación de Ciertas Reglas para el Transporte Aéreo (mejor conocido como el Convenio de Montreal de 1999), que entrará en vigor el 28 de diciembre de 2024. Esta actualización responde a la necesidad de mantener la protección efectiva de los pasajeros considerando los factores inflacionarios globales.

El Convenio de Montreal de 1999 es importante, porque armoniza ciertas reglas que regulan la responsabilidad contractual del transportista aéreo con respecto del pasajero.

 

PRINCIPALES MODIFICACIONES:

 Cuadro Comparativo de Límites de Responsabilidad: en base a “DEG”

Articulo

Concepto

Limite Original

Revisión 2009

Revisión 2019

Nueva Revisión 2024*

Art. 21

Muerte o Lesión de Pasajeros

100,000

113,100

128,821

139,000*

Art. 22.1

Retraso

4,150

4,694

5,346

5,770*

Art. 22.2

Equipaje

1,000

1,131

1,288

1,390*

Art. 22.3

Carga (por kg)

17

19

22

24*

 

(*Cifras aproximadas basadas en el incremento histórico promedio)

Pero ¿Qué es el DEG? El Convenio de Montreal de 1999 ha optado por elegir como unidad monetaria al “DEG”: Derechos Especiales de Giro, del Fondo Monetario Internacional.

El valor del “DEG” se encuentra formada por una canasta de cinco principales monedas:

a) El dólar de EE.UU.,

b) El euro,

c) El renminbi chino,

d) El yen japonés y

e) La libra esterlina.

 

Muchas organizaciones utilizan los “DEG” como su moneda oficial. En México al 25 de octubre del año en curso, un DEG equivale a $26.49 pesos mexicanos.

La opción del “DEG” como unidad monetaria permite que los límites contemplados bajo el esquema de responsabilidad del Convenio de Montreal estén menos sujetos a una pérdida de sus valores debido el debilitamiento de una moneda internacional en particular.

El Convenio establece un mecanismo de revisión de los límites de responsabilidad contemplados en DEG que se realiza cada 5 años de forma obligatoria.

 

ASPECTOS RELEVANTES:

  1. Aplicación Automática:
  • Los nuevos límites se aplicarán automáticamente en todos los Estados miembros del Convenio.
  • No requiere ratificación individual por parte de los Estados.
  1. Impacto para las Aerolíneas:
  • Necesidad de actualizar sus políticas de compensación.
  • Ajuste en sus coberturas y primas de seguros.
  • Modificación de la información proporcionada a los pasajeros.
  1. Beneficios para los Pasajeros:
  • Mayor protección económica en caso de incidentes.
  • Compensaciones más acordes con la realidad económica actual.
  • Mantenimiento del valor real de las indemnizaciones.
  1. Mecanismo de Revisión:
  • La OACI, como depositaria del convenio, tiene la obligación de revisar dichos límites cada 5 (cinco) años, a fin de determinar si se ha producido inflación, y es por ello que se acaban de realizar el ajuste a los montos de responsabilidad.
  • Se considera un factor de inflación acumulado superior al 10%.
  • Busca mantener la efectividad de las compensaciones.

 

IMPLICACIONES PRÁCTICAS:

  1. Para Aerolíneas:
  • Actualización de documentación legal.
  • Revisión de contratos de transporte.
  • Revisión de pólizas de seguros y coberturas.
  • Capacitación del personal.
  1. Para Pasajeros:
  • Mayor protección en viajes internacionales.
  • Compensaciones más justas y acordes al contexto económico actual.
  • Mayor seguridad jurídica.
  • Conocer sus derechos.
  1. Para la Autoridades Reguladoras:
  • Supervisión de la implementación.
  • Actualización de normativas nacionales.
  • Comunicación de cambios.

El incremento en los límites de responsabilidad representa un paso importante para mantener la efectividad del sistema de compensación internacional en la aviación civil, asegurando que los pasajeros mantengan una protección adecuada frente a posibles incidentes durante el transporte aéreo y representa la continuidad del compromiso de la OACI por mantener un sistema de compensación efectivo y justo en la aviación civil internacional, adaptándose a las realidades económicas globales y protegiendo los intereses tanto de usuarios como de transportistas.

¡Hasta el próximo vuelo!

Erándeni Calderón.

“Los  artículos firmados  son  responsabilidad  exclusiva  de  sus  autores  y  pueden  o  no reflejar  el  criterio  de  A21”

Tags: OACI

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