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Home Opinión

¿Y si la SCJN invalida las leyes de aviación y aeropuertos?

Rosario Avilés by Rosario Avilés
25 agosto, 2023
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¿Y si la SCJN invalida las leyes de aviación y aeropuertos?

No sería nada remoto que  en estos días la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidara las leyes de Aviación Civil y de Aeropuertos aprobadas por el Senado de la República el 28 de abril pasado. La razón es que, como en el caso de otros ordenamientos, entre los que se encuentran la Ley de Espacio Aéreo y demás, fueron sometidas a un proceso de aprobación irregular -por decir lo menos- cuando el Senado sesionó de forma extraordinaria en el recinto de Xicoténcatl, sin la presencia de las bancadas opositoras. 

Muchas de las leyes aprobadas en esa sesión han sido  impugnadas ante la SCJN por vicios en el procedimiento de aprobación y si en este caso procediera su anulación, muchas cosas que dependen de ellas se verían comprometidas. 

Una, muy importante, sería muy probablemente la Categoría 1 en materia de seguridad que otorga la Administración Federal de Aviación de los Estados Unidos (FAA), como ya se comentó en este espacio, puesto que una de las peticiones de la autoridad aeronáutica estadounidense es que las nuevas disposiciones encaminadas a institucionalizar el sistema de vigilancia operacional de la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) sean permanentes y tengan rango de ley para evitar que una circular sea impugnada o ignorada o simplemente derogada con un simple documento emitido por un director en el momento en que una disposición le estorbe. 

Si las leyes en cuestión fuesen declaradas inválidas, las disposiciones ahí expresadas no serían vigentes. 

Como no vivimos en una burbuja, es obvio que la FAA sigue de cerca el proceso y está podría ser una de las causas que ha detenido el proceso de recategorización.

Otra de las derivaciones de la probable invalidez de las leyes, es que Sedena se vería impedida legalmente para proceder a liderar la puesta en marcha de la aerolínea del Estado que llevaría el nombre de Mexicana. 

Como se recordará, las nuevas leyes incluyen la figura de asignataria para referirse a dependencias de gobierno que obtengan la autorización para operar aerolíneas y/o aeropuertos simultáneamente o por separado. 

Sin el soporte de la Ley, Sedena no podría operar en el grupo Olmeca-Maya-Mexica los aeropuertos que se le han asignado más la aerolínea Mexicana.

Tal vez esta sea la mejor manera de salir airosos de una encomienda que a todas luces no ha resultado una buena idea para la empresa de Sedena, ya que acudir a una empresa privada y establecida en el extranjero para cumplir una encomienda de Estado,  no parece ser la mejor manera de justificar semejante misión y presupuesto.

Por ahora, entonces, habría que esperar porque las fuerzas armadas siempre han sido respetuosas del marco legal que han jurado defender.

En caso de que las leyes mencionadas fueran declaradas improcedentes, se vería difícil que la nueva Mexicana volviera a operar, al menos en el corto plazo. 

Esto le daría menos vuelos al AIFA y aumentaría la presión sobre el resto de las empresas aéreas para llenar de vuelos ese aeropuerto. Sin duda, no será fácil aterrizar el proyecto.

Lo oí en 123.45: Además, se debe investigar y hacer justicia en el caso de Mexicana de Aviación: anular las irregularidades, castigar a los responsables y resarcirle a los trabajadores su patrimonio. E-mail: raviles0829@gmail.com

“Los  artículos firmados  son  responsabilidad  exclusiva  de  sus  autores  y  pueden  o  no reflejar  el  criterio  de  A21”

Tags: AFACFAASCJN

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