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Home Opinión

Drones y la cobertura de noticias

Luis Salazar Brehm by Luis Salazar Brehm
17 mayo, 2019
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Drones y la cobertura de noticias

El uso de drones está evolucionando rápidamente ya que es una tecnología que ha crecido de manera exponencial en los últimos años. Poco a poco las cadenas de televisión y noticias han ido incorporando el uso de drones por todas las ventajas que esto significa.

Sólo como referencia, en Estados Unidos la primera cadena de noticias que obtuvo un permiso para volar drones sobre personas fue la CNN, a la cual le tomó más de dos años de investigación. La clave para obtener el permiso de la Administración Federal de Aviación (FAA por sus siglas en inglés) se basó en la capacidad para operar un UAS de manera segura sobre multitudes en función al análisis de “la totalidad de las circunstancias”, incluido el historial de operaciones seguras del operador, las características de seguridad de la aeronave, y datos de prueba que demostraron que el UAS es seguro para operar sobre las personas.

En México la encargada de regular la operación de drones es la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) así como el uso o aprovechamiento del espacio aéreo situado sobre el territorio nacional por lo que es obligatorio el cumplimiento de la regulación.

La Circular Obligatoria CO AV23/10R4, establece los requerimientos para operar un Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia (RPAS) en el espacio aéreo mexicano, y en su caso, obtener una autorización de operación. Ésta aplica a toda persona física o moral, excepto a militares (ref. Art. 37 Ley de Aviación Civil), que opere o pretenda operar un Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia (RPAS) en el territorio mexicano.

El uso de estas nuevas tecnologías deben hacerse bajo condiciones que garanticen una operación segura, por lo que un Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia (RPAS) no debe de incrementar el riesgo de accidentes a personas o propiedades ubicadas en tierra o en vuelo, comparado con una categoría equivalente de aeronave tripulada.

Entre algunas restricciones, el piloto del RPAS no debe operar la aeronave pilotada a distancia en zonas prohibidas, restringidas o peligrosas, establecidas en la Publicación de información Aeronáutica (PIA) de México. De igual manera, el piloto no debe operar en lugares abiertos o cerrados donde se reúnan más de 12 personas salvo que se obtenga una autorización especial por parte de la DGAC.

Para obtener una autorización especial para realizar vuelos fuera de los límites establecidos en la Circular Obligatoria se requiere elaborar un Estudio Aeronáutico de Seguridad y Administración de Riesgos y someterla a revisión y autorización de la Autoridad Aeronáutica antes de comenzar operaciones.

En adición al estudio de seguridad y contención de riesgos, es un requisito contar con un manual de operación para el uso y la orientación del personal de vuelo en tierra y de gestión. El manual debe ser un medio donde se plasme la política de la compañía e incluya las instrucciones y la información necesarias para que el personal pueda realizar la operación de drones de manera segura.

Como puede verse, quien pretenda operar drones de manera profesional en México, debe cumplir con una serie de requisitos para operar de manera legal.

De acuerdo con la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), los drones están creando una nueva industria con un gran potencial económico. Ofrecen una amplia gama de capacidades y sofisticación. Sus tecnologías asociadas, diseños y conceptos operativos están evolucionando rápidamente. Es en este contexto que los países se enfrentan a la integración segura y eficiente de los RPAS en entornos compartidos por una industria de aeronaves tripuladas altamente reguladas y bien establecidas.

Tags: Drones

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