• Aerolíneas
  • Aeronáutica
  • Aeropuertos
  • Columnistas
  • Organismos
  • Aeroespacial
  • Innovación
  • Normatividad
  • Fuerza Aérea
No Result
View All Result
  • Aerolíneas
  • Aeronáutica
  • Aeropuertos
  • Columnistas
  • Organismos
  • Aeroespacial
  • Innovación
  • Normatividad
  • Fuerza Aérea
No Result
View All Result
No Result
View All Result
Home Normatividad

Aprueban autoridades uso del sistema anticolisión ACAS

Redaccion A21 by Redaccion A21
21 septiembre, 2022
5
SHARES
EnviarCompartirCompartir

Aprueban autoridades uso del sistema anticolisión ACAS

El Gobierno Federal publicó la Norma Oficial Mexicana NOM-069-SCT3-2019, con la cual se exigirá a las aeronaves de ala fija, que operen en el espacio aéreo nacional, que usen el Sistema Anticolisión de a Bordo (ACAS por sus siglas en inglés), esta regla entrará en vigor a partir del 19 de marzo de 2023.

De esta manera, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) da cumplimiento a los estándares internacionales de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), en cuyo Anexo 6, Partes I y II, y Anexo 10, Volumen IV, se establece que las aeronaves deben estar equipadas con un ACAS II versión 7.1.

La Norma se publicó en el Diario Oficial de la Federación bajo la firma de Rogelio Jiménez Pons Gómez, subsecretario de Transporte de la SICT y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo.

Se explica que la Ley de Aviación Civil en su artículo 6, fracción III, establece las atribuciones que tiene la SICT, en materia de aviación civil, entre las cuales se encuentra el expedir Normas Oficiales Mexicanas y demás disposiciones administrativas.

Mientras que en su artículo 17 establece que en la prestación de los servicios de transporte aéreo se debe adoptar las medidas necesarias para garantizar las condiciones máximas de seguridad de la aeronave y de su operación, a fin de proteger la integridad física de los usuarios y de sus bienes, así como la de terceros.

Para ello, la SICT tiene la facultad de exigir a los concesionarios, permisionarios y operadores aéreos que cumplan con ciertos requisitos, con el fin de mantener los niveles de seguridad señalados, como es proveerse de equipos técnicos necesarios para la prevención de accidentes e incidentes aéreos.

Como antecedente a la presente Norma Oficial Mexicana, se tiene que el 4 de febrero de 2011 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la NOM-069-SCT3-2010, la cual fue elaborada de conformidad con los requerimientos que en ese entonces se establecieron por la OACI, sin embargo, durante su periodo de vigencia, se detectó que la instalación de cualquier tipo y versión de ACAS para algunas aeronaves con ciertas características no fue posible, lo anterior debido a la falta de desarrollo tecnológico disponible en el mercado.

En la actualidad la OACI emitió la enmienda 85 al anexo 10 de Telecomunicaciones Aeronáuticas, volumen IV Sistemas de Vigilancia y Anticolisión quinta edición; la cual establece el uso obligatorio del ACAS II Versión 7.1 que introduce un nuevo método funcional para vigilar la velocidad vertical.

Por ello, la SICT a través de la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) ha considerado integrar dentro de la presente Norma Oficial Mexicana lo siguiente: la actualización de los requerimientos al sistema ACAS II versión 7.1. y dar cumplimientgo a lo que estipulan las normas y métodos recomendados internacionales (SARPS).

Tags: Categoría 1MéxicoOACISICT

Noticias Relacionadas

Obtiene terminal de Cartagena Certificación de Aeródromo por parte de Aerocivil

Obtiene terminal de Cartagena Certificación de Aeródromo por parte de Aerocivil

20 noviembre, 2025
Alcanzan Estados miembros de la OACI más de 400 acuerdos durante ICAN 2025

Alcanzan Estados miembros de la OACI más de 400 acuerdos durante ICAN 2025

18 noviembre, 2025
Extienden Estados miembros de la CLAC derechos de sexta libertad en América Latina

Extienden Estados miembros de la CLAC derechos de sexta libertad en América Latina

14 noviembre, 2025
Refuerza OACI acciones para localizar aviones en situación de emergencia

Refuerza OACI acciones para localizar aviones en situación de emergencia

13 noviembre, 2025
Next Post

Mujeres

Información adecuada sobre categoría 1

Más Leídas

  • En vilo la prórroga para venta de MRO de Mexicana

    En vilo la prórroga para venta de MRO de Mexicana

    5 shares
    Share 2 Tweet 1
  • Saltillo despega… ¿y México aprende?

    5 shares
    Share 2 Tweet 1
  • Termina huelga de pilotos de LATAM en Chile tras acuerdo con sindicato

    5 shares
    Share 2 Tweet 1
  • Problemón en la Aviación Mexicana

    5 shares
    Share 2 Tweet 1
  • ¿Y quién evalúa a AFAC en México?

    5 shares
    Share 2 Tweet 1
  • Mantiene Conviasa su vuelo AIFA-Caracas pese a advertencia de la FAA

    5 shares
    Share 2 Tweet 1

Categorías

  • Aerolíneas
  • Aeronautica
  • Aeropuertos
  • Opinión
  • Organismos
  • Aeroespacial
  • Innovación
  • Normatividad
  • Fuerza Aerea
  • Aerolíneas

Otros Enlaces

Contacto
Media Kit
Aviso de Privacidad
Política de cookies

© 2025 A21 - Todos los derechos reservados.

Consentimiento de uso de cookies

Para ofrecer la mejor experiencia, utilizamos tecnologías como cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. Su consentimiento para estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o los identificadores únicos en este sitio. La falta de consentimiento o la revocación del mismo podrían afectar negativamente a ciertas características y funciones.

Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferences
The technical storage or access is necessary for the legitimate purpose of storing preferences that are not requested by the subscriber or user.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. The technical storage or access that is used exclusively for anonymous statistical purposes. Without a subpoena, voluntary compliance on the part of your Internet Service Provider, or additional records from a third party, information stored or retrieved for this purpose alone cannot usually be used to identify you.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Ver preferencias
  • {title}
  • {title}
  • {title}
No Result
View All Result
  • Aerolíneas
  • Aeronáutica
  • Aeropuertos
  • Columnistas
  • Organismos
  • Aeroespacial
  • Innovación
  • Normatividad
  • Fuerza Aérea

© 2023 T21. Todos los derechos reservados