• Aerolíneas
  • Aeronáutica
  • Aeropuertos
  • Columnistas
  • Organismos
  • Aeroespacial
  • Innovación
  • Normatividad
  • Fuerza Aérea
No Result
View All Result
  • Aerolíneas
  • Aeronáutica
  • Aeropuertos
  • Columnistas
  • Organismos
  • Aeroespacial
  • Innovación
  • Normatividad
  • Fuerza Aérea
No Result
View All Result
No Result
View All Result
Home Normatividad

Restringe ley uso de drones en CDMX

Redaccion A21 by Redaccion A21
19 noviembre, 2019
5
SHARES
EnviarCompartirCompartir

Restringe ley uso de drones en CDMX

Con la publicación de la nueva NOM-107 que establece los requerimientos para operar un sistema de aeronave pilotada a distancia (RPAS) en el espacio aéreo mexicano, la ley restringirá el uso de drones en buena parte de la Ciudad de México, debido a su cercanía con el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) y con distintos helipuertos. 

“El piloto debe operar el RPAS a una distancia de separación de al menos 9.2 kilómetros de cualquier aeródromo” señala el punto 4.10.1 de la NOM-107 publicada el 14 de noviembre en el Diario Oficial de la Federación y que entrará en vigencia a partir del 13 de enero de 2020. 

De igual forma, los operadores de RPAS deberán respetar una separación de al menos 900 kilómetros de cualquier helipuerto. 

En el área comprendida entre los círculos de 9.2 y 18.5 kilómetros alrededor de los aeródromos, la altura máxima de operación de un RPAS será de 100 metros, añadió el gobierno. 

Por ejemplo, todo el primer cuadro del Centro Histórico de la Ciudad de México se encuentra a menos de nueve kilómetros del AICM por lo que toda operación de drones para uso recreativo queda prohibida y la operación de drones para uso privado no comercial o comercial quedará restringida a un reglamento específico. Además se deben considerar los diversos helipuertos que hay en áreas cercanas. 

De igual forma, ciertos municipios del Estado de México como el de Teotihuacán, quedaría con operaciones restringidas a una altura máxima de 100 metros, debido a que se encuentra a menos de 18 kilómetros de la Base Aérea Militar de Santa Lucía. La ciudad de Toluca también queda con operaciones restringidas debido a su cercanía con el aeropuerto de dicha ciudad. 

¿Qué requerimientos hay para volar alrededor de aeródromos y helipuertos?

El gobierno federal prohibió el uso de drones micro, pequeños y grandes para uso recreativo dentro del área de 9.2 kilómetros para aeródromos y 900 metros para helipuertos. 

Por su parte, para obtener la Autorización Especial por única ocasión, los operadores de RPAS micro y pequeño de uso privado no comercial y comercial deberán contar con una autorización de operación, con procedimientos de operación para vuelos (incluidos en el Manual de Operación del RPAS) aprobados por la Agencia Federal de Aviación Civil. 

Finalmente, también deberán contar con el Estudio Aeronáutico de Seguridad y Administración de Riesgos para vuelos alrededor de aeródromos o helipuertos. 

Los RPAS grandes también deberán coordinar su plan de vuelo con los Servicios de Tránsito Aéreo. 

“Lo que sí es un hecho es que no se puede operar a más de 100 metros en la Ciudad de México, pues está dentro del área comprendida entre los círculos de 9.2 y 18.5 kilómetros” especificó Luis Salazar Brehm, experto en el tema de drones.

Tags: Drones

Noticias Relacionadas

Impulsa ENAIRE automatización del espacio aéreo para integrar drones

Impulsa ENAIRE automatización del espacio aéreo para integrar drones

19 junio, 2025
El Auge de los drones “One Way Effector” para acabar con la defensa enemiga

El Auge de los drones “One Way Effector” para acabar con la defensa enemiga

19 junio, 2025
Advierten expertos creciente amenaza de drones en aeropuertos y eventos masivos

Advierten expertos creciente amenaza de drones en aeropuertos y eventos masivos

18 junio, 2025
Aerobreves

Aerobreves

18 junio, 2025
Next Post
Pedirá OACI que aeropuertos tengan Plan Maestro

Pedirá OACI que aeropuertos tengan Plan Maestro

Muestra China nave que enviará a Marte

Muestra China nave que enviará a Marte

Más Leídas

  • Afirman autoridades indias que el Boeing 787-8 realizó sus inspecciones correspondientes

    Afirman autoridades indias que el Boeing 787-8 realizó sus inspecciones correspondientes

    5 shares
    Share 2 Tweet 1
  • Apuestan por la producción de SAF con la tecnología Furanos to Jet

    5 shares
    Share 2 Tweet 1
  • Una mirada cercana y personal a una ASA destrozada, que ya es adulto mayor

    5 shares
    Share 2 Tweet 1
  • Accidente de Air India debe servir para reforzar seguridad en vuelos: OACI

    5 shares
    Share 2 Tweet 1
  • ¿Para qué queremos aviación en México?

    5 shares
    Share 2 Tweet 1
  • Realiza Honda con éxito prueba de lanzamiento y aterrizaje de cohete reutilizable

    5 shares
    Share 2 Tweet 1

Categorías

  • Aerolíneas
  • Aeronautica
  • Aeropuertos
  • Opinión
  • Organismos
  • Aeroespacial
  • Innovación
  • Normatividad
  • Fuerza Aerea
  • Aerolíneas

Otros Enlaces

Contacto
Media Kit
Aviso de Privacidad
Política de cookies

© 2025 A21 - Todos los derechos reservados.

Consentimiento de uso de cookies

Para ofrecer la mejor experiencia, utilizamos tecnologías como cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. Su consentimiento para estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o los identificadores únicos en este sitio. La falta de consentimiento o la revocación del mismo podrían afectar negativamente a ciertas características y funciones.

Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferences
The technical storage or access is necessary for the legitimate purpose of storing preferences that are not requested by the subscriber or user.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. The technical storage or access that is used exclusively for anonymous statistical purposes. Without a subpoena, voluntary compliance on the part of your Internet Service Provider, or additional records from a third party, information stored or retrieved for this purpose alone cannot usually be used to identify you.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
Administrar opciones Gestionar los servicios Gestionar {vendor_count} proveedores Leer más sobre estos propósitos
Ver preferencias
{title} {title} {title}
No Result
View All Result
  • Aerolíneas
  • Aeronáutica
  • Aeropuertos
  • Columnistas
  • Organismos
  • Aeroespacial
  • Innovación
  • Normatividad
  • Fuerza Aérea

© 2023 T21. Todos los derechos reservados