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23/11/2024

Futuro, oportunidad y peligros de los drones, parte II

Luis Salazar Brehm / Jueves, 11 Abril 2019 - 21:12

La semana pasada hablamos sobre el boom que está teniendo la industria de los drones y los múltiples usos que estos vehículos aéreos no tripulados pueden tener, en beneficio de la humanidad para su crecimiento económico y bienestar social.

También retomamos los retos existentes, sobre todo en su introducción al espacio aéreo y convivencia con la aviación tripulada y los peligros que presentan estos vehículos si son utilizados de manera errónea.

En nuestro país, es urgente mejorar la regulación en materia de RPAS (Remotely Piloted Aircraft System) y vigilar su cumplimiento. De nada sirve una regulación adecuada si no se cumple. Recordemos que la operación de los drones está regulada por la Circular Obligatoria CO AV 23/10R4 que establece los requerimientos para operar un sistema de aeronave pilotada a distancia (RPAS) en el espacio aéreo mexicano.

Sin embargo, a diferencia de otros países, en México no se conoce la aplicación de multas por volar drones de manera ilegal. En contraste, España se han impuesto multas a particulares y empresas desde que la norma de ese país entró en vigor a principios del año 2015. Muchos de los sancionados fueron localizados gracias a las propias pistas que dejaron los al subir las imágenes o videos a internet. No hizo falta detenerlos en flagrancia, los mismos usuarios publicaron las evidencias.

¿Cuántas veces no hemos visto en la Ciudad de México a personas operando drones en distintos lugares como el Monumento a la Revolución? Lo que no saben, desconocen o ignoran, es que están incumpliendo con la regulación mexicana, la cual señala que no se puede volar sin un autorización especial por parte de la DGAC, a menos de 9.2 kilómetros de cualquier aeropuerto y a menos de 900 metros de un helipuerto.

En el caso del Monumento a la Revolución, cuando se vuela un dron, se incumplen ambos requisitos: el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México se encuentra a tiro de piedra (en términos aeronáuticos) y hay no uno, sino cinco helipuertos (Milenio Diario, Torre del Caballito, El Universal, La Prensa y Senado de la República) en las cercanías.

Es por eso que debemos tener una regulación que resista el paso del tiempo, pueda ser aplicable por el poder judicial local y que además permita la evolución de una tecnología sin precedentes, es decir, que no se le restrinja y, al contrario, permita la inversión y la innovación. También debemos simplificarlo de tal forma que su aplicación no sea, sobretodo para los operadores de drones recreativos y empresas que no provienen del sector aeronáutico.

Un marco regulatorio efectivo debe apoyar la innovación y la inversión, manteniendo un equilibrio entre los aspectos económicos y la seguridad. Estas consideraciones requieren que las regulaciones tengan en cuenta hacia dónde se dirige la industria y que sean en la medida de lo posible a prueba de una obsolescencia prematura. El reto será mantener el desarrollo tecnológico en equilibrio con la continuidad de la operación aérea segura; la integración de los RPAS en el sistema aeronáutico no puede reducir los estándares de seguridad logrados en la aviación.

Los RPAS no deben suponer un peligro adicional a las operaciones ya existentes. Por el contrario, deben ser tan seguros o más que las operaciones aéreas tradicionales.

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