Por Shaula Loaiza
Con las recientes reformas al Reglamento de la Ley de Aviación Civil se fortalece el marco normativo para la seguridad aeronáutica de nuestro país, de esta forma, la Agencia Federal de Aviación Civil estará posibilitada legalmente para sancionar a los operadores que incumplan los términos relacionados con la seguridad aérea. Por su parte, las aerolíneas requerirán reforzar el adiestramiento de la tripulación de vuelo y sobrecargos.
"Son reformas sustanciales encaminadas a recuperar la categoría 1. Tanto los concesionarios como la autoridad deben enfocar todos sus recursos en dirección al cumplimiento de esta nueva normatividad. Las aerolíneas tienen que estar muy atentas a estas nuevas disposiciones para incorporarlas en su dinámica corporativa con la finalidad de garantizar la seguridad operacional, lo que a su vez reflejará una mayor fortaleza para la autoridad aeronáutica, quien tendrá mayor fuerza para tener el sustento legal en temas de cumplimiento por parte de los concesionarios o permisionarios, es decir, en casos extremos de sanciones”, explicó Edmundo Olivares, abogado especialista de Flores, Olivares, Cobián Abogados y Consultores.
En cuanto al adiestramiento de la tripulación de vuelo y la tripulación de sobrecargos, los programas serán anuales y en el caso de la tripulación de sobrecargos se añadieron elementos. Por ejemplo, en el decreto se expone que estos programas de adiestramiento garantizarán que cada sobrecargo, cuando preste servicio en aviones que vuelen por encima de 3,000 metros (o 10,000 pies), tenga conocimientos respecto al efecto de la falta de oxígeno en el caso de aviones con cabina presurizada, conozca los tipos de mercancías peligrosas que pueden o no transportarse en la cabina de pasajeros, y sepa usar el equipo de emergencia y salvamento, entre otras responsabilidades.
No obstante, también se puntualiza la cantidad de horas que las tripulaciones no deben exceder, con la finalidad de garantizar la seguridad en los vuelos. Por ejemplo, no pueden rebasar las 30 horas durante 7 días naturales consecutivos.
Los ajustes entraron en vigor el 22 de enero pasado y se dan en el contexto de la recuperación de la categoría 1. “El que no estemos en categoría 1 impide que tengamos un mejor crecimiento, entre más tiempo pasamos sin esa categoría, más tiempo tardará la aviación mexicana en recuperarse o crecer con mayor fuerza de la que ha tenido en los últimos meses”, aseguró el experto.
En el rubro de los RPAS o drones, las modificaciones se realizaron debido a que hay diferentes categorías, en este sentido, aunque ya existían las normas que regulaban este sector, actualmente se incorporaron ciertas precisiones, entre ellas está la referente a su clasificación. De la misma forma, se añadió que a partir de ahora habrá un registro para estas aeronaves, que implicará ciertas obligaciones dependiendo su clasificación.
“Este tema es muy novedoso y dinámico, en virtud de que la tecnología avanza muy rápido, por lo que la legislación tiene que ir a la par. La Organización de Aviación Civil Internacional está muy al día y constantemente emitiendo cambios en las normas para estar en sintonía”, comentó el abogado.
El año pasado, los expertos en el sector aeronáutico hablaban de que el tema de seguridad operacional era un punto clave en las Reformas al Reglamento de la Ley de Aviación Civil, que de acuerdo con su visión planteaba la eliminación del sistema de supervisión de la seguridad operacional.
“Dentro de la Ley vigente, se establece que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (hoya SICT) debe tener un programa estatal de seguridad operacional destinado a la gestión de la seguridad operacional por los Estados Unidos Mexicanos, a fin de alcanzar un nivel óptimo de rendimiento en materia de seguridad operacional en la aviación civil, no tenerlo es gravísimo”, declaró en su momento Lorena Valencia, abogada experta y socia de la firma Sabag, Becker y Gerrit Cohen.
A decir del abogado, experto en temas de aviación, los cambios recientes representan alrededor de un 80% de los requisitos que se deben cumplir para regresar a la categoría 1.
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