Pasar al contenido principal
05/05/2025

Certificar AIFA es responsabilidad de AFAC

Ruth Arellano / Domingo, 20 Febrero 2022 - 21:00
Las quejas u observaciones tienen que darse por parte de las aerolíneas a sus Estados

Otorgar el certificado de aeródromo al Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA) es una decisión de la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) con la que asume una responsabilidad ante la comunidad internacional de que cumple con lo establecido en el anexo 14 del Convenio de Chicago, el tratado normativo más importante con relación al Derecho Público Internacional Aeronáutico.

“El certificado lo emite la autoridad mexicana, que está acreditada y reconocida ante la OACI como la autoridad certificadora. Ahora bien, si lo emite a sabiendas de que no está cumpliendo con algo y se presenta una situación de incidente grave o accidente, el Estado tendrá que asumir su responsabilidad”, explicó Rosa María Montero, abogada en derecho aeronáutico y especialista en la industria.

De acuerdo con el Anexo 14, el certificado garantiza y comprueba que un aeródromo cuenta con las debidas instalaciones, señalamientos, servicios y todo lo que se requiere para prestar servicios internacionales al transporte aéreo, los que incluyen también las revisiones aduaneras, y migratorias. La normatividad aplicable a esto en México es la circular obligatoria CODA 02/2010 y su reglamento PECA-14, derivada de la propia Ley de Aeropuertos. 

La especialista explicó que luego de que la AFAC emita el certificado, el Estado mexicano tiene la obligación de informarle a la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) para que ésta haga una declaratoria pública de que el aeródromo ya cuenta con instalaciones para proveer servicios de transporte aéreo internacional. 

En caso de que haya incertidumbre o que se detecte falta de seguridad en la instalación,  el artículo 69 del mismo Convenio señala que el Consejo de la OACI consultará con el Estado en cuestión y con otros Estados afectados, con miras a encontrar los medios por los cuales la situación pueda remediarse y emitir recomendaciones al respecto

Las quejas u observaciones tienen que darse por parte de las aerolíneas a sus Estados y por parte de los Estados al Consejo de la OACI.

“Como ejemplo, puede suceder que ninguna línea aérea quiera volar al AIFA, o que, por el contrario, las líneas aéreas internacionales se interesaran, supongamos las cargueras, tienen que solicitarle a sus Estados la designación de ruta internacional correspondiente (dentro de Convenio bilateral), y una de las cosas que pide un país para esto, es que operes hacia aeropuertos seguros”.

Si el aeropuerto no cumple con esos criterios de seguridad que la aerolínea ya cumplió, la aerolínea buscará otro aeropuerto que si los cumpla para poder operar”, explicó la también Consultora en Política Aeronáutica y Académica en el Posgrado de Derecho de la UNAM.

Al momento, el AIFA ya está habilitado para servicios de carga internacional y cuenta con una aduana.

Por su parte, la AFAC está llevando a cabo la certificación a través de la Unidad de verificación de Aeropuertos y Servicios Auxiliares, quien a su vez está certificada por la Entidad Mexicana de Acreditación, y la propia autoridad de aviación civil.

Facebook comments