La Autoridad de Aeronáutica Civil (AAC) de Panamá emitió una resolución relacionada con el Boeing 737 MAX, la cual indica que este programa solo podrá operar si el fabricante obtiene todos los permisos de las autoridades aeronáuticas de Estados Unidos (en específico, de la Administración Federal de Aviación o FAA) para hacerlo.
De acuerdo con el portal Informe Aero, la AAC panameña dejó sin efecto la resolución pasada (N° 441/DG/DJ/AAC), la cual prohibía la operación de los MAX en el espacio aéreo de la república centroamericana. No obstante esto no significa que se les permita regresar a volar, sino que se exige a los transportistas cumplir con otros requisitos para permitirlo.
Autoridad de Aeronáutica Civil de Panamá deja sin efecto resolución que prohibió las operaciones de los 737 MAX, sin embargo aun no se autorizan los vuelos de estas aeronaves https://t.co/UvKkD2HE7y
— Informe Aéreo IA (@InformeAereo) 4 de julio de 2019
En ese sentido, el organismo advierte que los transportistas deberán cumplir con los requerimientos para autorizar la operación de sus 737-8 y -9, entre los cuales están que Estados Unidos autorice su operación, que los operadores cumplan los requisitos establecidos por la FAA, que las aeronaves posean las actualizaciones en el software MCAS, que los pilotos cumplan con los entrenamientos actualizados, revisados y aprobados por la AAC y que los operadores realicen un vuelo de prueba, sin pasajeros, de por lo menos 30 minutos.
En el documento se resuelve el permiso para operadores con certificado del explorador de servicios aéreos emitidos por extranjeros que posean este tipo de avión, siempre y cuando hayan sido autorizados a volar por la Autoridad Aeronáutica de su estado de matrícula.
La operación del B737 MAX fue suspendida a nivel mundial luego de registrar dos accidentes, uno en Indonesia en octubre de 2018 y uno en Etiopía, en marzo de 2019 y que dejaron un saldo de 346 personas fallecidas.
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