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23/11/2024

Más de la “guerra de los slots”

Rosario Avilés / Martes, 28 Noviembre 2017 - 13:02

Estamos atestiguando un nuevo capítulo de la telenovela de los slots, protagonizada -en esta esquina- por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) que encabeza Alejandra Palacios y su grupo de comisionados; y en la otra, el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) y la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).

Ha llegado, por fin, el momento de la verdad. Nadie lo hubiera imaginado pero la Cofece, exasperada por lo que ellos consideran una minusvaloración de sus facultades (¿?) han decidido recurrir a la Controversia Constitucional con el fin de zanjar definitivamente un asunto en el que ellos creen tener la razón.

Qué bien que ha sucedido esto, dicen los especialistas, porque si algo bueno puede salir de aquí, es dirimir de una vez por todas el ámbito de competencia de una Comisión que tal vez sea muy buena para opinar de fabricación de llantas, pero que de aviación no tiene ni idea y que puede seguir haciéndole mucho daño a un sector que lo único que necesita es que lo dejen en paz para seguir creciendo.

Pero vayamos por partes. Desde que sacó su resolución con sus recomendaciones dizque basadas en las reglas IATA de gestión de slots en aeropuertos saturados (que no fue tal, porque no se apegó estrictamente a ellas), la Cofece asumió que esta resolución era ley.

Sin embargo, el AICM y la DGAC, o sea, la autoridad en la materia, revisó las recomendaciones y tomó aquello que le parece útil y posible. Lo demás, con la pena, no se puede incorporar y hay varias razones para ello. Pero en lugar de considerar que, en lo general, se les atendió, la Cofece se siente “desautorizada”, siente que su autoridad se “menoscabó” y como eso es “intolerante”, recurre a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que “imponga” orden.

El problema es que el asunto no es tan simple. Todo el lío está alrededor del artículo 42, fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (es importante que los comisionados registren esta última palabra: Mexicanos). En ese artículo se establece que: “Artículo 42. El territorio nacional comprende: (…) VI. El espacio situado sobre el territorio nacional, con la extensión y modalidades que establezca el propio Derecho Internacional”.

Una vez situados en eso, es conveniente que se estudien los convenios internacionales que rigen el espacio aéreo (situado sobre territorio nacional pero que es parte del territorio nacional) y cuya soberanía y gestión es análoga a la que prescriben los artículos 27 y 28 constitucionales de los bienes que son propiedad de la Nación. Obvio, también hay que echarle un ojito al Convenio de Chicago de Aviación Civil y a la Convención sobre derechos del mar, que incluye ciertas regulaciones que son pertinentes.

Todo esto para decir que el slot, o sea, el derecho de uso de pista, plataforma, posiciones de contacto, despegues y aterrizajes, lo concesiona o lo otorga el Estado y en el caso del AICM son derechos que el Estado ya ha otorgado a aerolíneas que operan en él y si ese derecho se quiere restringir o anular, también hay que apegarse a la Constitución.

Además, no es posible que una comisión que no conoce cómo funciona una actividad económica empiece a meter la nariz donde no sabe. ¿Se imaginan a la Cofece decidiendo a qué altitud debe volar un avión, o qué aerovía debe usar, para que todas “tengan el mismo derecho”? Podrían empezar a jugar a los avioncitos, el problema es que éstos traen personas a bordo.

Lo oí en 123.45: Además, se debe investigar y hacer justicia en el caso de Mexicana de Aviación: anular las irregularidades, castigar a los responsables y resarcirle a los trabajadores su patrimonio. E-mail: raviles0829@gmail.com; twitter: @charoaviles

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