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19/04/2024

Concesión del AIFA contradice a las normas de OACI

Pilar Juárez / Martes, 16 Noviembre 2021 - 20:46
En el AIFA no se considera su carácter militar y adopta reglas de OACI para aeródromos civiles

Aún cuando la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) excluye de su regulación a las aeronaves de Estado utilizadas en servicios militares, la concesión otorgada por las autoridades mexicanas al Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA) no consideró su carácter mixto y se concedió en términos de lo dispuesto normativamente por el organismo internacional para aeródromos civiles.

Pablo Casas, abogado especialista en Derecho Aeronáutico, señaló que la OACI es muy clara en distinguir la importancia entre las operaciones de aeronaves civiles de aquellas de aeronaves de Estado, por lo cual se creó el Artículo Tercero del Convenio Sobre Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago 1944), que excluye de las normas de la OACI a las aeronaves de Estado utilizadas en servicios militares, de aduanas o de policía.

El pasado 15 de octubre la Secretaría de Comunicaciones y Transportes publicó en favor de la empresa de participación estatal mayoritaria Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles el título de concesión para construir, administrar, operar y explotar un aeropuerto, es decir, un “aeródromo civil”. Cabe mencionar que la concesionaria es una empresa cuya estructura accionaria está conformada en un 99% propiedad de la Secretaría de la Defensa Nacional y con un 1%, propiedad del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, de acuerdo con el título de concesión. Es decir, es totalmente castrense.

De acuerdo con Casas, resulta absurdo que el Ejército sea el titular y administrador de un aeropuerto esencialmente civil. Esta institución deberá mostrar sus capacidades técnico-operativas ante la Administración Federal de Aviación de Estados Unidos (FAA por sus siglas en inglés) y la OACI, como parte de la certificación internacional del aeropuerto civil.

Asimismo, el experto considera que al volver a esta terminal de uso civil y militar se redujo a la terminal a la mitad de lo pequeña que era, ya que de las cuatro pistas que se considera en su construcción, solo dos estarán consideradas para aviación civil, en el supuesto de que contarán con la infraestructura y tecnología obligatorias para ello. 

Actualmente el espacio aéreo tiene dos tipos de usuarios: civiles y militares. Ambos usuarios son indispensables para la estabilidad mundial y las economías. No obstante, éstas no pueden operar simultáneamente el mismo bloque de espacio aéreo, por lo que es necesario establecer límites y segregación, expuso el especialista. 

En virtud de que el espacio aéreo es un recurso cada vez más escaso y más preciado, los Estados deben optar por un enfoque equilibrado para la gestión del tránsito aéreo, de forma que se armonicen y satisfagan las necesidades del tránsito y de la seguridad nacional. “Esto exige comunicación, colaboración y cooperación, pero no aeropuertos internacionales mixtos: civil/militar. Como cabalmente no lo fue el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles”, agregó.

Con la publicación del título de concesión “se oficializó el fracaso del Sistema Aeroportuario Metropolitano (SAM) que descongestionaría el espacio aéreo mexicano; del aeropuerto en Santa Lucía, y, el despilfarro que implica su costo, aunado al costo por la cancelación del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México. De la misma manera se dejó oficialmente de lado, la absurda, imposible e ilegal intención, de operar un aeropuerto mixto: civil/militar”, refirió Pablo Casas.

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