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Home Aeronáutica

¿Se debe o no cobrar la primera maleta en vuelos a EU?

Jorge Castellanos by Jorge Castellanos
28 junio, 2017
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Dada la sorpresiva multa que Profeco impuso ayer tanto a aerolíneas mexicanas como estadounidenses por el cobro de la primera maleta documentada en vuelos hacia los Estados Unidos y Canadá, cabe recordar que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) avala esta práctica de la aviación comercial de nuestro país, con base en los tratados aéreos internacionales que México ha firmado con varias naciones.

Lo anterior fue reafirmado por el titular de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), Miguel Peláez Lira, durante una rueda de prensa en mayo pasado en la que se anunciaron medidas complementarias a las reformas a la Ley de Aviación Civil (LAC).

El funcionario afirmó en su momento que, pese a lo dispuesto por la nueva LAC, la jerarquía jurídica de un acuerdo binacional es equiparable a la de cualquier ley emanada del Congreso de la Unión, tal y como se establece en el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Recordemos que esta política de cobro comenzó a ser implementada a principios de año por Aeroméxico, Volaris e Interjet, que anunciaron cambios a sus respectivas tarifas y paquetes de vuelo en rutas a los EU.

Por tanto, y de acuerdo con lo estipulado en el Acuerdo Bilateral México-Estados Unidos, los operadores cuentan con libertad de tarifas y pueden realizar cargos por la primera maleta, independientemente de la legislación mexicana.

Respecto a los vuelos nacionales, en los que se aplica únicamente la legislación federal, las disposiciones que entraron en vigor ayer impiden a cualquier aerolínea doméstica aplicar dichos cobros.

Postura de Aeroméxico

Por su parte, Andrés Conesa, director general de Aeroméxico, a principios de mes hizo los mismos señalamientos que Peláez Lira, cuando afirmó que los tratados internacionales otorgan libertad tarifaria a los operadores de cada país para el cobro de la primera maleta.

“Es una forma de diferenciarte: dependiendo de su modelo de negocios, las aerolíneas pueden cobrar lo que quieran: unas cobrarán por la primera, otras no cobrarán, otras te dejarán llevar dos o tres… es una decisión de negocios de la aerolínea”.

Conesa aseguró que es muy usual que los usuarios que no llevan maleta subsidien de facto a los que sí llevan, y que ello es particularmente notorio en su red de rutas de negocios en el mercado doméstico.

Finalmente, se pronunció porque las autoridades no solo tomen en cuenta las disposiciones de la LAC.

“En eso vamos a insistir para que, lo que al final quede instrumentado, sea congruente con los bilaterales que México tiene firmados, que también son ley”, sentenció.

Tags: Ley de Aviación Civilmultasprimera maletaProfeco

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