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Pacta Aeroméxico con acreedores de cara a salida de bancarrota

Redaccion A21 by Redaccion A21
28 enero, 2022
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Pacta Aeroméxico con acreedores de cara a salida de bancarrota

El comité oficial de acreedores no garantizados de Grupo Aeroméxico acordó unirse a más tenedores de deuda senior que respaldan el Plan Conjunto de Capítulo 11 de la aerolínea, incluidos Apollo global Management y Delta Air Lines. A cambio, recibirían una nota por 40 millones de dólares, supeditado al rendimiento futuro de la compañía, de acuerdo a un reporte de Bloomberg

El acuerdo se anunció al comienzo de la audiencia de confirmación del Plan, llevada a cabo en la corte de Nueva York y supervisada por la jueza de bancarrotas de EE. UU. Shelley Chapman este jueves 27 de enero. La magistrada tiene hasta el lunes 31 de enero para decidir si aprueba o no el proyecto, y a partir de esa fecha, mientras que la empresa tendrá entre 5 y 7 semanas para preparar su salida, confirmaron fuentes cercanas al proceso.

Quienes se oponen al Plan, el cual busca reducir 1.1 mil millones de deuda, dándole a Apollo y otras entidades una mayor participación en la empresa, es un grupo de acreedores no garantizados, conformado por Invictus Global Management y Corvid Peak Capital Management.

El presidente ejecutivo, Andrés Conesa, el director financiero, Ricardo Sánchez Baker, y el presidente, Javier Arrigunaga, permanecerán en sus cargos actuales, de acuerdo con el plan, mientras que Antoine Munfakh y Bogdan Ignaschenko, de Apollo, así como Glen Hauenstein, de Delta y Andres Borrego, de Credit Suisse, se unirían a la junta directiva, reportó Bloomberg.

Sin embargo, de acuerdo con el docket número 2593, ingresado a la Corte el 26 de enero por la noche, el grupo de “acreedores Ad Hoc” también objetó la confirmación del Plan, argumentando incumplimientos en los requisitos del Código de Quiebras que perjudican a los acreedores generales no garantizados, por lo que solicitó a la Corte negar la confirmación del Plan.

De acuerdo con los acreedores, el Plan viola las secciones 1123(a)(4) del Código de Quiebras al no brindar la misma oportunidad de recuperación a todos los acreedores generales no garantizados de la misma clase; 503(c)(1), al proporcionar transferencias de valor no permitidas a ciertos miembros de la junta directiva de los Deudores con el propósito de inducirlos a continuar con su servicio en la junta; y 1129(a)(10), en la medida en que no haya sido aceptado por al menos una clase de acreedores perjudicados en cada Deudor.

“El Plan otorgaría de manera inadmisible a ciertos acreedores una consideración más que plena por sus reclamos, además de que el documento constituye un acuerdo curado por los actuales tenedores de acciones y personas con información privilegiada, requiriendo que los Deudores demuestren que el Plan cumple con todos los estándares de equidad, lo cual no se puede hacer”, aseguró el grupo de acreedores AdHoc, se señala en el docket. 

“Cuando un deudor está dominado por personas internas en conflicto que están incentivadas para perseguir fines inadmisibles que son contrarios a los propósitos del Código de Quiebras, la última línea de defensa es el propio Código de Quiebras. Para garantizar que los acreedores generales no garantizados reciban un trato justo y equitativo en este caso, el tribunal debe hacer cumplir las protecciones y garantías del Código de Quiebras al denegar la confirmación del Plan propuesto”, declaró el grupo de acreedores.

Añadió que siempre apoyó las propuestas que brindaban un valor justo a los acreedores generales no garantizados y una asignación significativamente mayor del valor de las sucesiones que la proporcionada por el Plan actual, sin embargo, “esa asignación de valor se evaporó en las etapas finales de las negociaciones del plan, lo que resultó en el Plan ahora ante la Corte, que distribuye casi el 10% del valor de las propiedades—más de $240 millones—a personas con información privilegiada a cambio de valor ilusorio y especulativo”.

Debido a que el proceso estuvo “dominado por personas internas”, la Corte debe analizarlo con mayor escrutinio, enfatizó.

“La denegación de la confirmación no necesita enviar a los Deudores de nuevo al punto de partida, ni siquiera causar un retraso significativo. Más bien, el Plan puede modificarse fácilmente para cumplir con el Código de Quiebras mediante la aplicación de distribuciones no permitidas a los tenedores de acciones previas a la petición, reasignando el valor resultante y brindando igualdad de oportunidades de recuperación a todos los acreedores generales no garantizados. Sin embargo, tal como está, el Plan no puede ser confirmado”, concluyó el Grupo de Acreedores Ad Hoc.

Tags: AeroméxicobancarrotaCapítulo 11

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