Pasar al contenido principal
26/11/2024

Aerolíneas europeas deben notificar cancelaciones 2 semanas antes

Redacción A21 / Lunes, 15 Mayo 2017 - 10:27

Los operadores aéreos del viejo continente deberán notificar la cancelación de vuelos con al menos dos semanas de anticipación a la fecha del servicio estipulada en el boleto o itinerario, o de lo contario estarán obligadas a indemnizar a los usuarios afectados, de acuerdo con un fallo que emitió este jueves el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

La medida será extensiva a aquellos vuelos contratados a través de alguna agencia de viajes, incluyendo aquellas que operan por Internet.

Si bien la sentencia del TJUE obliga a las compañías aéreas a demostrar que informaron a los pasajeros de la cancelación del vuelo, así como la fecha en que se realizó dicha notificación para evitar la sanción, éstas podrán demandar una compensación en caso de que el operador turístico intermediario con quien tenga convenio sea quien falte en dar aviso al usuario.

Con este fallo, la máxima instancia judicial de la Unión Europea satisface un recurso presentado por un ciudadano holandés ante un Tribunal de Primera Instancia de los Países Bajos, en 2014, en donde reclamaba el pago de 600 euros (656 dólares) por haber sido notificado tan solo 10 días antes de la cancelación de su vuelo por la agencia de viajes con la que contrató el servicio.

El denunciante tenía programado viajar de Amsterdam a Paramaribo (Surinam) con la aerolínea Surinam Airways, compañía que se negó a realizar la reposición del costo del servicio dado que había notificado al intermediario de la cancelación del vuelo con más de 30 días de anticipación.

Por su parte, la agencia también se negó a indemnizar al usuario, alegando que su responsabilidad se limitaba a la celebración de contratos entre pasajeros y aerolíneas, sin injerencia alguna sobre cambios de horario.

De acuerdo con la Regla 261, que establece los derechos de los pasajeros aéreos en la UE, si los operadores realizan el aviso de cancelación con menor anticipación a las dos semanas, aún pueden ofrecer transporte alternativo y deberán procurar que el usuario llegue a su destino con un retraso no mayor a dos o cuatro horas.

Asimismo, las cantidades a pagar (en euros) por las aerolíneas que deban indemnizar en caso de cancelación son: 250, para trayectos de hasta 1,500 kilómetros; 400, en vuelos intracomunitarios superiores a mil 500 kilómetros, o a cualquier otro destino entre mil 500 y tres mil kilómetros, y 600 euros para distancias mayores.

Facebook comments