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25/04/2024

Impugnarán reserva de 5 años de información sobre el AIFA

Redacción A21 / Miércoles, 25 Mayo 2022 - 01:00
Si no se da trámite al recurso de revisión, el siguiente paso sería interponer un amparo

Ante la negativa de la Secretaría de Defensa Nacional (Sedena) y de la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) de hacer público el Programa Maestro de Desarrollo del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA) por considerar que transparentar la información que contiene los estudios y directrices del uso tanto aeronáutico como no aeronáutico de la obra representa un riesgo a la seguridad nacional, el Instituto Nacional de Investigaciones Jurídico-Aeronáuticas (INIJA) interpondrá una impugnación de carácter administrativa. 

Pablo Casas Liás, director del INIJA informó que demandará un recurso de revisión ante el Instituto Nacional de Transparencia (Inai) a una solicitud ya realizada y rechazada debido a que fue reservada por cinco años, pues considera ilegal el mantener oculta una información que debería ser pública.

El abogado explicó que entiende, más no concede, que la Sedena, como figura militar, quiera resguardar información; sin embargo, la autoridad aeronáutica representada en la AFAC, debe actuar como un ente autónomo e independiente del poder Ejecutivo y no como “juez y parte”, ya que su función debería ser supervisar y revisar que, en este caso, el AIFA cumpla con lo establecido en la Ley.

“Pareciera que la AFAC es un abogado litigante del AIFA, cuando debería ser la autoridad que sancione conforme a derechos y a los tratados y convenios internacionales, en este caso OACI (Organización de Aviación Civil Internacional), y todos los convenios que se deriven de ahí”, dijo Casas. 

En la solicitud de acceso de información pública con número de folio 33272432000167, se solicita: “Copia integra y completa de la totalidad del Programa Maestro de Desarrollo, presentado por la concesionaria federal, denominada empresa de participación estatal mayoritaria Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, S.A. de C.V..”

El 24 de mayo de 2022 el INIJA recibió respuestas de la Unidad de Transparencia de la Sedena y de Jessica Osnaya Espinosa, jefa del Departamento de Proyectos Especiales de la AFAC, donde se niega la información y se informa que quedará reservada por cinco años para evitar un riesgo a la seguridad nacional.

El abogado especialista en derecho aeronáutico expresó que dentro de la Ley de Aeropuertos en su artículo 75 se establece que las concesiones deben ser inscritas en el Registro Aeronáutico Mexicano, con los documentos por medio de los cuales se adquiera, esto en un plazo de 30 días a partir del día siguiente a la fecha en que se otorgó; “es decir, que es información pública y que ya debió haberse registrado desde finales de 2021, cosa que tampoco ha pasado”.

Puntualizó que el hecho de que reserven esta información en aras de proteger la seguridad nacional y por considerarse infraestructura de carácter estratégico significaría que tampoco se podría tener acceso a ningún otro programa de desarrollo de otros aeropuertos del país, “cosa que no es cierta”, enfatizó el abogado.

En caso de que no se dé trámite al recurso de revisión, Pablo Casas dijo que el siguiente paso sería interponer un amparo; agregó que agotará todos los recursos legales para obtener esta información que debe ser pública.

La OACI instruye que el Programa o Plan Maestro de un Aeropuerto es un concepto que explica su desarrollo total; el cual incluye el área completa, tanto para usos aeronáuticos como no aeronáuticos; con la finalidad de suministrar las directrices para satisfacer la demanda que debe ser compatible con el desarrollo urbanístico.

El título de concesión fue otorgado por la Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes (SICT), a favor de la Empresa de Participación Estatal Mayoritaria Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, S.A. de C.V. el día 15 de octubre del año pasado. Y de acuerdo con la Ley de Aeropuertos y la propia concesión debió ser inscrito en el Registro Aeronáutico Mexicano (RAM) 30 días contados a partir del día siguiente a la fecha de otorgamiento.

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