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14/11/2024

Piden salvaguardas en Acuerdo Bilateral y revisión anual de resultados

Rosa Náutica / Jueves, 7 Abril 2016 - 07:40

El Frente por la Defensa de la Aviación Nacional se pronunció por la creación de un grupo de expertos -que incluya la industria aeronáutica en su conjunto- que se encargue de revisar anualmente los resultados del Acuerdo Sobre Transporte Aéreo con los Estados Unidos, que en próximas fechas será ratificado por el Senado de la República.

A su vez la Cámara Nacional de Aerotransportes (CANAERO), la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (CANACAR) y la Asociación Mexicana de Mensajería y Paquetería (AMMPAC) pidieron al Senado precisar en el Acuerdo, algunas “distorsiones” y “mal interpretaciones” que podrían afectar al transporte de carga terrestre y que perjudican a la industria de mensajería.

Al participar en el Foro de Análisis “Análisis del Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América” organizado por la Comisión de Relaciones Exteriores, del Senado de la República para la revisión de dicho Acuerdo, el FDAN se pronunció por una nueva política aeronáutica transexenal, con una perspectiva “integral y de largo plazo”, para fortalecer a este sector.

Refugio Muñoz, vicepresidente de CANACAR advirtió que el Artículo 8, punto 8 del Acuerdo se refiere a los servicios de transporte intermodal y se presta a confusión pues señala textualmente:

Las líneas aéreas pueden optar por encargarse de su propio transporte de superficie o hacerlo a través de arreglos con otros transportistas de superficie incluyendo aquel operado por otras líneas aéreas y proveedores indirectos de transporte aéreo de carga. Dichos servicios intermodales de carga pueden ser ofrecidos a un precio integrado con el transporte aéreo y de superficie combinado, siempre que los embarcadores no sean mal informados respecto a las condiciones relativas a dicho transporte”.

Dicho texto despertó inquietud porque su redacción se podría interpretar que a través de un convenio bilateral aéreo se pretendía abrir a la participación extranjera el servicio público de autotransporte de carga, reservado para los nacionales y empresas mexicanas con cláusula de exclusión de extranjeros. Dicha confusión, según dijo, ya fue solventada por el Senado y por la SCT y expresada.

La presentación que acompaña al documento remitido al Senado por el presidente, Enrique Peña Nieto, ya puntualiza que el transporte terrestre de carga deberá sujetarse a la legislación de cada país y que particularmente en México, dichos permisos sólo se otorgan a personas físicas o morales mexicanas.

Aun así pidieron al Senado de la República que en la exposición de motivos del texto definitivo para la ratificación del Acuerdo, se incluya un párrafo que puntualice el tema del transporte terrestre intermodal y que señale que éste se rige con su propia legislación, que establece que todos los servicios que tienen origen y destino dentro del territorio nacional, llamado cabotaje, está reservado para empresas nacionales con cláusula de exclusión de extranjeros.

La AMMPAC se sumó a estas preocupaciones a través de su vicepresidente Ejecutivo Manuel Armendariz quien insistió en que existe confusión en el tema del cabotaje.

“El nuevo texto, firmado en diciembre del 2015, desgraciadamente se presta a distorsiones e interpretaciones en la aplicación de la normatividad en el transporte terrestre de carga”. dijo, además de hay una disparidad en cuanto al ámbito de aplicación del acuerdo, añadió.

El transporte aéreo es de competencia federal en ambos países, pero en el autotransporte de carga concurren los 3 niveles de gobierno en ambos países, lo que significa que Estados Unidos formalizará el Acuerdo Aéreo vía un simple acuerdo Ejecutivo, que es obligatorio para su administración federal.

Para México, la obligatoriedad del convenio, dado el nivel en el que se ha colocado, es general. Una vez aprobado por el Senado, es de aplicación general en todo el territorio del país por los tres niveles de gobierno.

Ello crea una situación dispar que es desventajosa para México pues la red de infraestructura estatal y local terrestre que tiene Estados Unidos es enorme y el acceso de los operadores mexicanos a través del acuerdo se limita a lo que es de competencia federal pero no a lo de competencia estatal y local.

Dijo que el servicio de mensajería y paquetería se otorgó unilateralmente por México sin haber logrado plena y efectiva reciprocidad por parte de los Estados Unidos. La prestación de este servicio lo realiza un duopolio, que controla más del 75% del mercado del transporte de carga, de mensajería y paquetería en ese país, al cual los operadores mexicanos no tienen acceso.

Las discrepancias sobre el artículo 8 párrafo 8, ameritan un pronunciamiento del Senado, que podría formar parte del dictamen que este cuerpo legislativo emita, para buscar así una reciprocidad efectiva.

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