Una realidad innegable es que el mercado comercial de drones ha alcanzado un vertiginoso crecimiento y expansión a nivel global durante los últimos años. Es un hecho que esta industria será una de las más rentables durante los próximos años debido, sobre todo, a su versatilidad y facilidad para generar nuevos nichos de mercado.
Innumerables cifras sobre el valor comercial global de esta naciente industria nos revelan la importancia que tendrá sobre la economía de cualquier estado.
Markest and Markest, compañía dedicada al análisis financiero de los mercados, asegura que el valor global de los UAV (Unmanned Aerial Vehicles) pudiera alcanzar los 21.23 mil millones de dólares para el 2022, siendo la región de mayor crecimiento Norteamérica, con un 45%; seguida de la región Asia-Pacífico, con un 30%; luego Europa, con un 20% y el resto del mundo con un 5%, cifras sin duda muy impresionantes.
Pero, ¿cómo beneficia todo esto a nuestro país? Estimados lectores permítanme comentarles que, en México esta industria ha logrado desde hace ya un par de años posicionarse a la vanguardia en el diseño, desarrollo y fabricación de drones.
Actualmente existen al menos 7 empresas, entidades de gobierno y universidades como la UNAM, activamente involucradas en el sector.
Algunos de estos RPAS de muy alta sofisticación son utilizados actualmente por la FAM, SSP y SEMAR, inclusive ciertos modelos, desarrollados por empresas mexicanas, son exportados a diversos países entre los que destacan EUA (utilizados para vigilancia aérea) y Colombia (lucha contra el narcotráfico).
Si bien los datos estadísticos sobre el valor del mercado mexicano no son muy claros, es evidente que debido a la gran proliferación de los drones, aunado a la importancia de México en Norteamérica, esta industria sin duda representará un gran beneficio social y económico para nuestro país.
Sin embargo para que logremos alcanzar los muchos beneficios que esta industria brindará al desarrollo de la economía nacional, primero necesitaremos regulaciones claras, robustas, incluyentes (todos los participantes del sector), que enfaticen en la seguridad de las personas y bienes, y garanticen la seguridad de las operaciones de las aeronaves tripuladas.
Igual de importante será que la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), encargada de garantizar la seguridad operacional sobre el espacio aéreo nacional, vigile su estricto cumplimiento y aplicación.
Además, que las autoridades policiales federales, estatales y locales cuenten con los mecanismos jurídicos suficientes que les permitan sancionar a toda persona física o moral que viole o se aparte de las regulaciones establecidas para su uso, por lo que esta nueva regulación deberá ir acompañada de un sistema nacional de registro que haga valer su actuación.
Estas nuevas reglas para el uso y aplicación de las aeronaves no tripuladas, deberán ser flexibles de tal manera que permitan e incentiven el desarrollo comercial del sector, con áreas de vuelo claramente definidas, reglas de operación y uso. Igual de importante será el establecimiento de zonas prohibidas o restringidas para su vuelo, tal como el espacio aéreo que rodea a los aeródromos o helipuertos, donde concurren las operaciones de despegue y aterrizaje de las aeronaves tripuladas.
Un claro ejemplo de cómo la Federal Aviation Administration (FAA), órgano regulador de la aviación civil en EUA, ha impulsado el crecimiento del sector comercial de los drones, fue a través del establecimiento de reglas más laxas, gracias a su famosa Small UAS Rule (part 107), la cual permitió a los operadores comerciales volar sus drones con un peso menor a 25 kg durante el día, siempre y cuando se mantengan dentro de la línea visual del piloto y permanezcan por debajo de los 500 pies de altura, por citar algunas reglas.
En México al respecto contamos con la CO AV-23/10 R3 la cual establece los requerimientos para operar un RPAS en el espacio aéreo mexicano, sin embargo dada la complejidad de esta nueva tecnología, esta ha resultado poco eficiente, sobre todo porque carece de previsión de sanciones ya que solamente es una disposición administrativa emitida por la DGAC.
Derivado de lo anterior, la Secretaria de Comunicaciones y Transportes se encuentra desarrollando el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-107-SCT3-2016, lo que le dará mayor certidumbre jurídica a la industria de los drones y con ello se logrará detonar los muchos beneficios que esta industria puede ofrecer a la economía nacional.
Hasta pronto, nos vemos a Nivel de Vuelo 410.
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