Ante la extrema turbulencia que está sufriendo el sistema jurídico y político de nuestro país, las empresas, no importando su tamaño, se verán obligadas a implementar planes alternativos para continuar la operación segura, eficiente, pero sobre todo rentable, que es el propósito primigenio de toda empresa, claro haciéndolo de forma sostenible y socialmente responsable.
Me parece que nadie en su sano juicio, pretenderá ser “conejillo de indias” en un litigio bajo el nuevo sistema judicial federal que empezará a funcionar el próximo año. Por cierto, y, por si fuera poco, están pendientes de ser aprobadas otras iniciativas de reformas legales, como la que desaparece los organismos autónomos constitucionales.
En este sentido, estoy convencido que la “cultura de la prevención” en las organizaciones, será uno de los planes estratégicos idóneos par afrontar todos estos cambios profundos que se avecinan para el sistema jurídico en México.
Está nueva cultura preventiva y proactiva tendrá que permear en cascada desde el consejo de administración de las empresas, pasando por el equipo ejecutivo senior, por el gerencial, hasta llegar al último escalafón de la organización, sustentando esta nueva cultura en robustas campañas internas de comunicación informando la nueva visión preventiva del negocio.
Habrá que evitar a toda costa litigios, por lo menos litigios innecesarios, lo cual siempre debió de ser un principio básico de toda empresa, pero ahora deberá realmente de cumplirse. Para esto, sin duda habrá que llevar a cabo una reingeniería de los procesos clave de la organización, con énfasis en los que por su incumplimiento se pueda originar una contingencia.
No obstante, en lo que se lleva a cabo la mencionada revisión de procesos, la recomendación de carácter legal y regulatoria es implementar algunas de las siguientes acciones:
- Revisar el adecuado funcionamiento del Gobierno Corporativo en la organización, y de no existir, implementarlo conforme a las mejores prácticas corporativas.
- Hacer una revisión societaria de la empresa, es decir, asegurarse que las asambleas de accionistas, las sesiones del consejo de administración, las reuniones de los comités corporativos, los libros societarios, los poderes notariales, principalmente, se encuentren debidamente documentados, actualizados y formalizados conforme a lo previsto en la legislación de la materia.
- Llevar a cabo una detallada revisión contractual, enfocándose principalmente en asegurar que todos los contratos, de cualquier tipo, contengan los elementos esenciales correctamente estipulados, que sean claros y precisos: el objeto, las obligaciones de las partes, las prestaciones y contraprestaciones, las garantías y las causas de rescisión; que existan cláusulas de terminación anticipada voluntaria y sobre todo que de aquí en adelante, se pacten en las cláusulas de jurisdicción y competencia los “medios alternos de solución de controversias”, tales como la conciliación, la mediación y el arbitraje, que son medios generalmente muy efectivos para resolver los conflictos fuera de los tribunales judiciales.
- Llevar a cabo una revisión profunda de los compromisos financieros adquiridos y por adquirir, entiéndase créditos, mutuos, financiamientos, arrendamientos, garantías, inversiones, obligaciones contractuales, liquidaciones, entre otros varios, para determinar plazos, nivel de cumplimiento y posibles contingencias ante eventuales incumplimientos.
- Por último, desde luego en esta lista básica, llevar a cabo una revisión exhaustiva del cumplimiento de todas las obligaciones legales de la empresa, ya sean mercantiles, laborales, fiscales, ambientales, administrativas, bursátiles, o de cualquier otra índole que derivan de la regulación aplicable, o de las obligaciones que derivan de los contratos. Tener un registro o inventario de todas estas obligaciones es de gran utilidad, con plazos y vigencias claramente establecidos. Revisar el estatus de las concesiones, permisos y autorizaciones de la empresa también será de suma importancia.
La prevención como ADN de una organización, es el mejor antídoto para evitar incurrir en incumplimientos a la ley o a las relaciones contractuales, que puedan generar posteriormente controversias y disputas ya sea entre particulares o con las autoridades, que inevitablemente lleven a dirimirlas ante los tribunales judiciales.
No pretendemos descubrir el agua tibia ni mucho menos, con las recomendaciones anteriores, pero sí aportar algunas sugerencias legales básicas de cómo actuar ante estas modificaciones estructurales al sistema jurídico y constitucional de nuestro país, considerando que estas reformas no son en absoluto mejores prácticas a nivel global, ni práctica común en países de nuestra región o en países con nuestro mismo sistema judicial, y que al final tendrán impacto en mayor o menor medida en el ecosistema empresarial de nuestro país.
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