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27/04/2024

La regulación internacional sobre desechos espaciales

Fermín Romero / Jueves, 18 Mayo 2023 - 20:55

El vertiginoso desarrollo de la tecnología espacial en las últimas décadas, incrementó considerablemente la actividad humana en el espacio ultraterrestre o exterior. Muchas de esas actividades han traído consigo significativos beneficios para la humanidad, sin embargo, la saturación de las órbitas terrestres con satélites artificiales de todo tipo (comerciales, científicos, de comunicación, militares, entre otros), también implican riesgos de accidentes que generan grandes cantidades de desechos espaciales artificiales, y plantean daños potenciales para el medio ambiente espacial, además de poner en peligro el acceso al espacio a futuras misiones.

Los desechos (basura, chatarra, etc.) espaciales son piezas o restos de objetos, instrumentos u objetos producidos y colocados por el ser humano en el espacio ultraterrestre, pueden ser pequeños como un fragmento de pintura, tornillo o tuerca de un artefacto, o bien piezas grandes como un satélite completo -de grandes dimensiones y peso- que ha concluido su vida útil y por lo tanto fuera de operación. Las formas por las que se generan son de diversa índole, colisión entre los mismos objetos al orbitar a la deriva y sin control (estas piezas viajan a una velocidad aproximada de 28 mil kms por hora y pueden dañar satélites, naves espaciales o como ocurrió en junio de 2021, cuando un fragmento de basura impacto el brazo robótico -Canadarm2- de la Estación Espacial Internacional-EEI), destrucción premeditada por alguna potencia espacial con esas capacidades tecnológicas, de un satélite propio o bien de algún satélite espía de otros países; prácticas que representan un riesgo de conflicto potencial entre las space-faring nations.

Los desechos espaciales y las mega constelaciones satelitales en funcionamiento no solo saturan las órbitas y generan contaminación y riesgos de seguridad espacial, también interfieren las observaciones astronómicas en la Tierra. Técnicamente, estos desechos al reingresar a la Tierra se queman y desintegran en la atmosfera, no obstante, en ocasiones, debido a su tamaño no alcanzan a desintegrarse y han impactado en mar y superficie terrestre, ocasionando daños económicos importantes; afortunadamente hasta ahora, ningún accidente ocasionado por desechos espaciales ha tenido consecuencias -en vidas humanas- que tengan que lamentarse.

La semana pasada describí -en detalle- la importancia de la responsabilidad internacional en las actividades espaciales. La regulación internacional (Derecho Espacial vinculante) que aplica a los desechos espaciales está conformada por el Convenio sobre Responsabilidad (1972), el Artículo VIII del Tratado del Espacio (1967) y el Convenio sobre Registro de Objetos Lanzados al Espacio (1975), instrumentos que conforman el entramado legal para determinar figuras jurídicas aplicables como el “Estado de lanzamiento”, la jurisdicción, control y responsabilidad del Estado que lanza el objeto al espacio. El Tratado del Espacio establece un régimen de responsabilidad a través de los artículos VI y siguientes, en el que los Estados Parte del Tratado son responsables internacionalmente por las actividades que sus nacionales, entidades gubernamentales y no gubernamentales realicen en el espacio; por lo que el Estado es quien autoriza y fiscaliza de manera constante las actividades que realiza el sector privado local.

Cualquier empresa o gobierno que coloque un objeto en el espacio ultraterrestre, debe notificar y registrar ante la Oficina de Naciones Unidas para Asuntos del Espacio Exterior (UNOOSA) (en el caso de empresas mexicanas, gobierno federal, estatal y municipal, la notificación y registro debe realizarse previamente ante la Agencia Espacial Mexicana, AEM, organismo encargado de notificar a la UNOOSA) su intención de lanzar un satélite con un propósito específico (el costo del lanzamiento y seguro -en los casos aplicables- son cuestiones adicionales a considerar). En la práctica, actualmente todas las entidades (públicas o privadas) que pretendan colocar un objeto en el espacio, deben garantizar que dichos objetos cuenten con la capacidad, propulsión y energía necesarias para regresar a la Tierra y desintegrarse en la atmósfera, o bien, relocalizarse en las orbitas cementerio; en donde al menos en los aproximadamente cien años siguientes no generarán problemas. En el ámbito del Derecho Espacial, la responsabilidad internacional, es claro que el daño ocasionado por un objeto espacial o alguna de sus componentes está regulado por el derecho internacional público y privado.

A nivel técnico, existen más de cuarenta mil objetos orbitando, de los cuales aproximadamente unos veintitrés mil (objetos que se encuentran en la órbita baja y Geoestacionaria de la Tierra y cuyo tamaño es inferior a un metro), son permanentemente rastreados y catalogados por sistemas de monitoreo y seguimiento de las agencias espaciales e instituciones de investigación científica, para evitar que colisionen con satélites operativos o con la EEI. Cabe destacar que, de estos objetos, solo alrededor de un 24% son satélites en funcionamiento. Las pequeñas piezas de desechos orbitales, por la velocidad a la que viajan ponen en riesgo a los astronautas, a las misiones y a los activos espaciales (satélites o naves espaciales).

Los desechos espaciales, incluyen etapas de naves abandonadas, satélites no operativos y fragmentos generados por colisiones o explosiones entre objetos orbitales, dificultan y obstaculizan el uso del espacio, del que dependen infraestructuras críticas de la economía global (seguridad nacional, comunicaciones, servicios financieros, logística de sistemas de transporte, monitoreo del clima, entre otros servicios). Los desechos aumentan los costos de las operaciones espaciales (porque requieren grandes esfuerzos para proteger sus activos espaciales y/o maniobrar a su alrededor); amenazan la integridad física de los astronautas, la seguridad de satélites y de la EEI (un complejo sistema de monitoreo la mantiene en alerta para evadir fragmentos de desechos espaciales); limitan la capacidad de lanzamiento de naves espaciales y pueden llegar a inutilizar órbitas completas.

El peligro latente es que, la actual cantidad de desechos en órbita alrededor de la Tierra, puedan generar -en cualquier momento- (precipitado por la destrucción de algún satélite) una reacción en cadena (enjambre de escombros) de colisiones violentas que puedan inutilizar a los satélites, fenómeno conocido como Síndrome de Kessler, un escenario real que preocupa a la comunidad científica internacional que promueve la exploración espacial pacífica, agencias espaciales, operadores de satélites, planificadores de misiones; sus potenciales repercusiones podrían  regresarnos a niveles de comunicación similares a los de hace más de 70 años.

Este potencial riesgo real preocupa a las agencias, americanas, europeas y asiáticas que promueven conductas responsables en la utilización pacífica del espacio ultraterrestre, situación que requiere -a pesar de los múltiples intereses económicos y geopolíticos en juego- el urgente establecimiento de un sistema global de gestión de tráfico espacial (un tema que ya he abordado en entregas anteriores). Esta amenaza a la seguridad espacial global preocupa a gobiernos, agencias espaciales y a sus departamentos de defensa por el inminente riesgo que implica, al grado que americanos y europeos impulsan sus propias iniciativas internacionales (soft law). En 1987, la NASA inició el intercambio de información sobre desechos espaciales con la Agencia Espacial Europea (ESA), hecho que produjo en 1993 el establecimiento del Inter-Agency Space Debris Coordination Committee (IADC), Comité Interagencial para la Coordinación de Desechos Espaciales, un foro intergubernamental (multilateral) cuyo objetivo es coordinar los esfuerzos de las agencias espaciales de los Estados Unidos, Europa, Japón y Rusia para hacer frente a los desechos espaciales -naturales o artificiales- en órbita alrededor de la Tierra. El IADC elaboró en 2007 un conjunto de directrices (acordadas por consenso) para la reducción de los desechos espaciales, basadas en los principios fundamentales de las políticas nacionales de las agencias integrantes del Comité.

En 1999 la Subcomisión de Asuntos Científicos y Técnicos de la Comisión de las Naciones Unidas sobre la Utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos (COPUOS), en seguimiento a las IADC, incluyo el asunto de los desechos espaciales en su agenda y publicó un informe técnico sobre el tema, destacando los riesgos que plantean para los satélites y naves espaciales en la órbita terrestre, y en diciembre de 2007 la resolución 62/217 de la Asamblea General de la ONU aprobó las Directrices para la Mitigación de Desechos Espaciales (Space Debris Mitigation Guidelines), una guía para mitigar el problema de los desechos espaciales que reúne las mejores prácticas existentes, desarrolladas por entidades nacionales e internacionales, que invita a los Estados Miembros y organizaciones internacionales a hacer suyas esas directrices, en la planeación de todas sus misiones espaciales (en las fases de diseño, fabricación, lanzamiento, vida útil de la misión y su eliminación).

En los Estados Unidos (2021) el Plan Nacional de Investigación y Desarrollo sobre Desechos Orbitales (National Orbital Debris Research and Development Plan) delineó tres métodos para reducir los riesgos asociados a los desechos: 1) mitigar la creación de nuevos desechos; 2) mejorar el seguimiento y la caracterización de los desechos; y 3) reducir los desechos ya generados. No obstante, existen amplias dudas respecto al costo y beneficios de esa iniciativa de descontaminación y su efectividad para garantizar la seguridad de las naves espaciales que llevan a cabo misiones civiles, militares, de seguridad nacional o comerciales, cumplir con la responsabilidad moral ante otros países y preservar la sostenibilidad del entorno espacial para las futuras generaciones. El pasado 10 de marzo (2023), la NASA publicó un extenso estudio sobre los costos y beneficios de la mitigación de desechos espaciales, que subraya la importancia de la sostenibilidad a largo plazo de la actividad humana en el espacio, para que las futuras generaciones utilicen y exploren el universo.

En la práctica, las directrices (soft law) han posibilitado mitigar las consecuencias negativas de los desechos espaciales al reducir la cantidad de nuevos desechos. A pesar de ello, los desechos continúan originándose, definitivamente el riesgo del síndrome de Kessler sigue latente y el problema está muy lejos de solucionarse.

 

“Los artículos firmados son responsabilidad exclusiva de sus autores y pueden o no reflejar el criterio de A21”

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