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28/03/2024

Auguran más burocracia con nuevo reglamento de drones

Daniel Martíne… / Miércoles, 20 Noviembre 2019 - 21:22
La NOM debe revisarse cada tres años, señalan expertos

Luego de la publicación de la NOM-107, que delinea los requerimientos para operar aeronaves pilotadas a distancias (RPAS) en el espacio aéreo mexicano, expertos apuntan a que podría fomentar la burocracia y a que las decisiones sean sometidas al criterio de las autoridades.

“La mala noticia con la recién publicada NOM-107 es que deberá pasar por procesos burocráticos largos y enredados” señaló Luis Salazar Brehm, experto en materia de drones.

Por su parte, Rodrigo Soto-Morales, abogado aeronáutico, señaló que en este momento las autoridades como la Agencia Federal de Aeronáutica Civil (AFAC) no tienen la capacidad para dar un seguimiento ágil al proceso burocrático que vendrá con la entrada en vigor de la NOM-107.

“En ese sentido, lo importante es que ya hay una regulación y que generará una cultura. También justificará que para 2021, con las estadísticas que se generen a lo largo del próximo año, las autoridades pidan un aumento a su presupuesto, indicó Soto-Morales.

Por ejemplo, para obtener una autorización de operación se debe realizar la elaboración de un manual de operaciones cuya aprobación “toma por lo regular muchos meses además de someterse al criterio de la autoridad” indicó Salazar Brehm.

Dicha autorización de operación se solicitará a los operadores de RPAS pequeños y grandes para uso privado no comercial y comercial. De igual forma, los operadores de RPAS Micro (de hasta dos kilogramos) necesitarán este documento para realizar vuelos nocturnos.

“En contraste, la Administración Federal de Aviación de Estados Unidos emite las autorizaciones de vuelo (salvo los permisos especiales) mediante una app, y esto toma minutos o, en el peor de los casos, horas, no meses como es en México” añadió el experto.

Sin embargo, Salazar Brehm indicó que la publicación de la NOM-107 significa que ahora sí será obligatorio su cumplimiento para todos los operadores de drones, lo que no era el caso con la Circular Obligatoria, dado que ésta era requerida “en nombre, pero no en la práctica”.

Ante esto, Soto-Morales coincidió: de entrada, la publicación de la NOM es un buen intento, sin duda. Es un muy buen primer acercamiento aunque sí es mucho más restrictiva y es muy taxativa en las responsabilidades y hace referencia a las leyes de normas y reglamentos” indicó.

Salazar Brehm señaló que existe el riesgo de que la NOM se vuelva obsoleta en muy poco tiempo debido a la velocidad de los avances tecnológicos y a la lentitud que conlleva la actualización de las regulaciones en México. “La aprobación de esta NOM tomó más de dos años” indicó.

Para el abogado aeronáutico, lo correcto sería que esta NOM se revise cada tres años, dado que su función es regular el desempeño de un producto pero que, esperar que la NOM prevea lo que ocurrirá en el futuro próximo es algo ilógico ya que la realidad es cambiante, sobre todo con tecnologías que evolucionan de forma tan veloz como ésta.

El gobierno federal publicó la NOM-107 en el Diario Oficial de la Federación y ésta se convertirá en obligatoria a partir del 13 de enero de 2020.

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