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28/04/2024

Pilotos Mexicanos primero.

Francisco M. M… / Jueves, 23 Noviembre 2023 - 01:00

La empresa Pratt & Whitney, importante fabricante de motores para aviones desde 1925, ha tropezado con un problema técnico en los motores que se han instalado en aeronaves Airbus 320 y que hoy afecta a más de 40 aerolíneas de todo el mundo.

Todas las aerolíneas que tienen esta marca de motores instalados en sus aviones se ven obligadas a poner sus aeronaves Airbus 320 en tierra para que la propia fábrica inicie un programa de casi 4 años de revisión y corrección de cada uno de esos motores.

En México, este problema está impactando la operación de las dos aerolíneas comerciales que utilizan motores Pratt & Whitney y hoy deben poner en tierra temporalmente aviones Airbus nuevos por cuestiones de seguridad.

Hasta ahí se entiende bien la necesidad de Viva Aerobús de contratar, en esquema de renta de aeronaves, para mantener la operación de sus rutas sin afectar a sus clientes.

Por ahora, Viva tiene rentadas sólo un par de aeronaves sustitutas pero seguramente vendrán más.

El problema es que esas aeronaves se han contratado en un esquema de “renta húmeda” lo que quiere decir que los aviones vienen a México con todo y pilotos y algunos sobrecargos.

Lo anterior está violando el artículo 32 de nuestra Constitución que se refiere a que LOS EXTRANJEROS NO PUEDEN FORMAR PARTE DE LAS TRIPULACIONES DE BARCOS O AVIONES MEXICANOS y la preferencia respecto de Mexicanos sobre extranjeros para ocupar cargos y recibir concesiones.

La AFAC, de manera fast track, ha avalado y aprobado el esquema de renta de aviones con todo y tripulaciones que ya utiliza Viva Aerobús, lo que va en contra del artículo 32 Constitucional ya citado .

Los aviones con pilotos rentados por Viva Aerobús son de nacionalidad y matrícula de Malta, un pequeño archipiélago del Mediterráneo al norte de África. 

En otras épocas, algunas aerolíneas de nuestro país se han visto en la necesidad de rentar aviones con matrículas de otros países pero nunca se ha dado el caso de permitir una violación flagrante a nuestra máxima ley y los pilotos siempre han sido mexicanos por nacimiento tal y como está escrito en la Constitución.

En ese tiempo la autoridad aeronáutica Mexicana y la FAA de Estados Unidos aprobó de inmediato la convalidación de licencias de pilotos Mexicanos para volar aviones con matrículas de otro país mediante un permiso general de aprobación para la empresa de tal manera que las operaciones no se vieron afectadas.

De hecho, en ocasiones la propia Aeroméxico ha tenido, por un tiempo, aviones con matrículas norteamericanas e incluso de Irlanda y sus pilotos autorizados por la hoy llamada AFAC y por FAA no han tenido que ser reemplazados ni siquiera temporalmente como hoy es el caso en Viva.

La AFAC ha debido aprobar las licencias y capacidades de los pilotos extranjeros para volar aviones de una línea aérea nacional y ha debido hacerla en lapso de días para que hoy ya se encuentren volando en territorio nacional.

Aquí cabría preguntar qué clase de requisitos de licencia, (CFIT, CRM, RTARI, ALAR etc.) certificados médicos, capacidades y entrenamientos documentados fueron exigidos por AFAC y también si esos pilotos extranjeros han aprobado el exámen correspondiente y conocen la reglamentación aérea Mexicana.

En todo caso, estos requisitos deberían ser por lo menos los mismos que se exigen a pilotos mexicanos quienes hoy deben pasar un verdadero calvario para cumplir con todas las exigencias técnicas implantadas por AFAC

No hay que olvidar que de acuerdo a la Ley el piloto al mando de una aeronave de aerolínea Mexicana se convierte, al abordar el avión, en auxiliar de la autoridad Judicial y ministerio público en funciones.

En este sentido, vale la pena preguntar ¿cuál es el estatus legal de un Capitán extranjero al mando de un avión de línea aérea comercial con registro de operador aéreo Mexicano?  

En el desafortunado caso de un incidente o accidente, ¿cuál sería la responsabilidad de la aerolínea mexicana, la de la aerolínea que renta los aviones y pilotos, la de la autoridad aeronáutica y la de las empresas aseguradoras?

Viva Aerobús y AFAC encontraron la manera de darle la vuelta al artículo 32 de la Constitución y por ahora la empresa puede prescindir “temporalmente” de sus propios pilotos Mexicanos que son desplazados de su trabajo por pilotos extranjeros.

Todos los pilotos de Viva están perfectamente entrenados y capacitados para volar aeronaves Airbus 320 Neo, vengan de donde vengan por lo que no hay razón técnica para traer pilotos extranjeros.

El Colegio de Pilotos Aviadores de México, ASPA , IFALPA y también FAA tienen los ojos puestos en este asunto y seguramente vendrán reacciones incluidas las legales.

No se puede pretender afectar las operaciones y pasajeros de una aerolínea nacional, sin embargo, todas deben cumplir con leyes y reglamentos al parejo y ese cumplimiento es responsabilidad de la autoridad aeronáutica.

Aunque AFAC dice que las observaciones sobre este asunto son “subjetivas” se está creando un antecedente que puede tener repercusiones indeseables en el futuro sobre todo si alguna otra aerolínea Mexicana aprovecha la puerta que hoy está siendo abierta.

Solo podemos decir que las aerolíneas hacen lo posible por mantener sus operaciones eficientes y lo tratan de hacer como sea, pero la última palabra para que la ley, los reglamentos y la Constitución sean respetadas es de la autoridad aeronáutica y de ella también será la responsabilidad final.

“Los artículos firmados son responsabilidad exclusiva de sus autores y pueden o no reflejar el criterio de A21”

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