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28/03/2024

Donde manda Capitán... ¿gobierna la Ayudantía?

Anli Álvarez Ramirez / Martes, 11 Febrero 2020 - 20:31
En caso de un incidente: ¿quién toma las decisiones, el capitán de la aeronave o la Ayudantía de AMLO?

La presencia de Andrés Manuel López Obrador en vuelos comerciales pone en entredicho la jerarquía de la ley de aviación civil contra la ley de seguridad pública, señalaron especialistas.

“Por ley el presidente está protegido. La verdadera cuestión es que con esta figura jurídica a bordo entran en controversia la ley de aviación civil y la ley de seguridad pública", explicó el experto en derecho aeronáutico, Rodrigo Soto Morales.

Ante un incidente a bordo ¿quién toma las decisiones, el capitán de la aeronave o la Ayudantía que protege al presidente?

Según el Artículo 40 de la Ley de aviación civil, "toda aeronave deberá contar con un comandante o piloto al mando, quien será la máxima autoridad a bordo y el responsable de su operación, dirección y de mantener el orden y la seguridad de la aeronave, de los tripulantes, pasajeros, equipaje, carga y correo."

Sin embargo, el artículo 30 fracción IV del reglamento de la Oficina de la Presidencia de la República establece que la Ayudantía, el personal capacitado para acompañar y gestionar la agenda del mandatario tiene la facultad de "determinar las acciones necesarias para resguardar la integridad del Presidente.”

“Como abogado considero que prevalece el principio de ley especial que deroga la general. Como es una circunstancia muy concreta estar en un vuelo en un avión debe prevalecer la ley de aviación civil”, añadió Soto.

De igual forma, el experto señaló que la presencia del presidente sí representa una amenaza potencial para la seguridad de las personas que están en un vuelo comercial ya que, actualmente, López Obrador es el encargado que combate al crimen organizado y las amenazas internas y externas del país; su protección recae en las fuerzas armadas.

Finalmente, ¿qué hacer si el vuelo presenta demora por la presencia del presidente a bordo? Ante la Procuraduría Federal del Consumidor es un vuelo imputable a la aerolínea y el usuario puede reclamar el pago de sus derechos de pasajeros.

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Esto debido a que la aerolínea hizo una oferta pública bajo ciertos términos y condiciones al ofrecer al público los boletos de ese vuelo. Si el operador acepta transportar al presidente tiene que buscar la manera de cumplir con lo prometido al pasajero.

Así, los derechos de los pasajeros y ley de aviación civil están garantizados para cualquier persona. "En ningún momento ante la presencia del presidente se le tiene que hacer negatorio sus derechos y sus términos y condiciones de contrato de transporte" , concluyó el experto en derecho aeronáutico.

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